Corte Constitucional ordena al Mintrabajo regular trabajo sexual

La decisión se dio en un fallo de tutela, interpuesta por dos mujeres maltratadas por uniformados de la Policía, en la Plaza de La Mariposa, en Bogotá.

Redacción Bogotá
19 de noviembre de 2016 - 02:20 a. m.
Corte Constitucional ordena al Mintrabajo regular trabajo sexual

Esperanza y Abril, dos trabajadoras sexuales, alzaron su voz de protesta y emprendieron hace nueve meses la lucha jurídica para reclamar sus derechos a la igualdad, a la libertad personal y a la libre circulación. A través de una tutela, que fue negada en las dos instancias (El Tribunal Administrativo de Cundinamarca y Consejo de Estado), las mujeres denunciaron el maltrato físico y verbal que sufrieron a manos de varios agentes de la Policía. Su reclamo fue a parar a revisión en la Corte Constitucional, que no solo les dio la razón sino que le pidió al Ministerio de Trabajo regular el trabajo sexual para que se dé en condiciones dignas. (Lea aquí: Controversia por detención de prostitutas en la plaza de La Mariposa, en Bogotá)

Los hechos violentos se dieron en la tarde del 20 de enero en la Plaza de La Mariposa, en Bogotá. Un grupo de 13 mujeres, algunas de ellas trabajadoras sexuales, se encontraba en ese lugar cuando, según ellas, agentes de la Policía se acercaron y las agredieron. Los uniformados las descalzaron y las condujeron a la Unidad Permanente de Justicia (UPJ) de Puente Aranda. (Lea aquí: Trabajadoras sexuales denuncian nueva agresión policial en Plaza de la Mariposa de Bogotá)

Durante el registro en la UPJ, los agentes les rompieron los bolsos, los zapatos y tiraron al suelo todas sus pertenencias. Les robaron, además, el dinero que se encontraba al interior de las carteras, y una de ellas fue golpeada con un bolillo en la pierna. En la escena violenta intervino una investigadora de la organización Parces, a la que los policías respondieron: “En vez de estar defendiéndolas por qué no educan a esas hijueputas”. (Lea aquí: Prostitutas de la localidad de Santa Fe: ni en la calle, ni en los cuartos)

A la UPJ ingresaron ocho mujeres, porque el resto de las que se encontraban en la plaza estaban embarazadas, en estado de lactancia o era menores de edad. Hasta las 10p.m. las trabajadoras sexuales permanecieron detenidas, hasta que por intermediación de un abogado de Parces recuperaron su libertad.

Dos de ellas decidieron entonces reclamar sus derechos violados a través de una tutela contra el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Trabajo, la Policía de Bogotá, la Personería de Bogotá, la Alcaldía de Bogotá, y la Procuraduría.

Las autoridades dicen que los hechos se dieron en el contexto de operativos para la recuperación del espacio público bajo la presunción de que ejercían trabajo sexual, con fundamento en su forma de vestir, aunque muchas de las mujeres capturadas no se dedican a esa labor. El principal argumento de la Policía para conducirlas a la UPJ era que se encontraban en alto grado de exaltación.

Sin embargo, las denunciantes señalan que en la plaza los uniformados dijeron que las retuvieron “por ser putas”. Ellas agregan que la Policía las persigue en el espacio público de forma sistemática y arbitraria, por ser trabajadoras sexuales, lo cual no es un delito, y consideran que ejercen una profesión digna por la que no pueden ser víctimas de discriminación ni de estigmatización.

¿Por qué la detención fue arbitraria? Las mujeres responden que lo fue porque no había razón para detenerlas, porque fue violenta, porque faltó información acerca de sus derechos y porque no estuvo presente el Ministerio Público.

En un fallo final de revisión, la Corte Constitucional decidió que aunque no hay motivos para una reparación económica para las víctimas, sí se violaron los derechos de Esperanza y Abril a la igualdad, la libertad personal y la libre circulación. Y ordenó a la Policía a que se abstenga de utilizar la política de recuperación de espacio público para limitar el derecho a la libre circulación.

El alto tribunal le exigió a la Alcaldía de Bogotá que en máximo un año implemente un programa de oportunidades para las personas que ejercen prostitución. La administración junto a la Defensoría del Pueblo debe también capacitar a la Policía de la ciudad acerca de la importancia del trato digno de los trabajadores sexuales y la prohibición del maltrato verbal y físico.

La corte exhortará, además, al Ministerio de Trabajo para que elabore una propuesta de regulación sobre el trabajo sexual para que se proteja a esta población en el campo laboral y sus representantes tengan participación. El objetivo es uno solo: que se den condiciones para un trabajo digno.

"Los trabajadores sexuales merecen una especial protección constitucional al ser un grupo tradicionalmente marginado y discriminado en razón a la actividad que ejercen de la cual se derivan estereotipos negativos que los han invisibilidad y excluido de la sociedad", aseveró el alto tribunal. 

Por Redacción Bogotá

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