De esta manera podrá pagar el ICA por internet en Bogotá

Tras los inconvenientes técnicos que tuvo la semana pasada en los servicios informativos, la Secretaría de Hacienda amplió hasta este miércoles 23 de enero el plazo de pagar el impuesto de Industria y Comercio del régimen común en cualquier punto bancario de Bogotá o por internet.

-Redacción Bogotá -bogota@elespectador.com
22 de enero de 2019 - 10:28 p. m.
Los contribuyentes de régimen simplificado podrán pagar el impuesto hasta el miércoles 30 de enero / iStock
Los contribuyentes de régimen simplificado podrán pagar el impuesto hasta el miércoles 30 de enero / iStock

Hasta este miércoles 23 de enero podrá pagar ICA, impuesto de Industria y Comercio, sin embargo, para el pago del régimen simplificado, que aplica para las personas que desarrollan actividades comerciales o de prestación de servicios que durante 2017 obtuvieron ingresos brutos no superiores a los $116 millones, el plazo máximo es para el próximo miércoles 30 de enero.

Para poder realizar el pago a través de Internet, debe estar inscrito al Registro de Información Tributaria (RIT) ya que este generará una contraseña para poder finalizar el proceso de pago, que puede ser a través de PSE (Pago con tarjetas débito), tarjeta de crédito o descargando el recibo de pago.

>>> Puede leer: Por fallas técnicas se amplía el plazo para pagar el ICA en Bogotá

Durante todo el día de este miércoles podrá realizar el pago hasta las 11:59 p. m., lo que le permitirá hacer el trámite ingresando a la página web de la entidad.

Una vez que ingrese al portal, deberá diligenciar los datos y darle clic en obtener contraseña. Una vez tenga la contraseña, siga el paso a paso dando clic aquí,  un instructivo con la información será su guía para realziar el trámite . 

Recuerde que la autenticación se debe hacer después de tener la contraseña, ingresar a impuesto de Industria y Comercio, y efectuar el pago. Luego, debe llenar el formulario de la declaración y realizar la firma electrónica, que no es más que el usuario y contraseña que se le da al representante final.

La sanción aplicable es la vigente al momento de la presentación de las declaraciones. En todos los casos, ninguna sanción puede ser inferior a la sanción mínima aplicable, que para este año es de $221.000 para todos los contribuyentes del impuesto ICA. 

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Por -Redacción Bogotá -bogota@elespectador.com

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