Distrito extiende efectos de resolución de rumba hasta las 5 de la mañana

Se amplió esta medida hasta el 19 de mayo.

Redacción Bogotá
04 de mayo de 2015 - 06:58 p. m.
Distrito extiende efectos de resolución de rumba hasta las 5 de la mañana

La Secretaría Distrital de Gobierno emitió una resolución con la ampliación hasta el 19 de mayo de los efectos del acto administrativo 190 del pasado 1° de abril, en el que se autoriza a unos establecimientos nocturnos, que cumplan con los requisitos establecidos, para que extiendan sus horarios de atención al público hasta las 5:00 a.m. los fines de semana.

Así mismo, la citada resolución 213, suscrita por la secretaria de gobierno, Gloria Flórez Schnaider, excluye del piloto ‘Fiesta Sana y Segura’ a los establecimientos de comercio ubicados en la Localidad de Ciudad Bolívar pues, luego de una revisión minuciosa de las normas de uso del suelo, se estableció que como se trata de una zona residencial la actividad de “BAR” no se encuentra contemplada dentro de la normatividad vigente, y por tanto no podrán seguir cobijados con los beneficios del programa.

Igualmente, la resolución firmada extiende los efectos establecidos para aquellos establecimientos que en la misma fueron autorizados para funcionar en el horario extendido, siempre y cuando se encuentren ubicados dentro de las Localidades de Usaquén, Kennedy, Chapinero, Antonio Nariño, Teusaquillo y La Candelaria.

El documento también reitera que los establecimientos de comercio no enunciados en dicho documento continuarán su funcionamiento en el horario establecido hasta las 3:00 a.m.

Finalmente, el referido acto administrativo resalta que a partir de la revisión de los procesos de Pactos de Convivencia y del cumplimiento de los requisitos contemplados en la estrategia “Fiesta Sana y Segura”, se ha hecho teniendo en cuenta las presunciones de buena fe, previstas en el artículo 83 de la Constitución Política de Colombia, y de autenticidad y legalidad de los conceptos de usos del suelo y/o de las licencias urbanísticas en las cuales se contempla la compatibilidad con las actividades comerciales para la venta y consumo de bebidas alcohólicas.
 

Por Redacción Bogotá

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