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El aumento al cupo de endeudamiento de Bogotá tendrá que garantizar un gasto austero

El proyecto que busca aumentar el cupo de endeudamiento de Bogotá a $10,79 billones fue aprobado en en la Comisión de Hacienda del Concejo de Bogotá. De aprobarse en plenaria, la administración distrital deberá garantizar austeridad en el gasto y rendir un informe semestral sobre el uso que se le ha dado al cupo.

Redacción Bogotá
21 de octubre de 2020 - 08:27 p. m.
La ciudad podría aumentar su cupo de endeudamiento en $10,79 billones.
La ciudad podría aumentar su cupo de endeudamiento en $10,79 billones.

La Comisión de Hacienda del Concejo de Bogotá aprobó el proyecto de acuerdo que pretende aumentar su cupo de endeudamiento a $10,79 billones, el más alto en la historia de la capital. Con estos recursos se busca impulsar la reactivación económica de la ciudad, llenando el vacío fiscal que ha dejado la pandemia (pues solo en 2020 la ciudad espera dejar de recibir $1 billón en su recaudo tributario) y promoviendo la generación de empleo, por medio de la priorización de obras civiles, por ejemplo.

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Sin embargo, este proyecto aún necesita la aprobación en plenaria, algo que sucedería antes de que finalice octubre. Por lo pronto, es importante entender que el articulado que se aprobó tuvo modificaciones con relación al que presentó originalmente el Distrito.

Entre los principales cambios se encuentra que la administración de Claudia López deberá presentar ante el Concejo un informe semestral donde se explique el uso que se le ha dado al cupo de endeudamiento.

Así quedó consagrado en el Artículo 5: “La Administración Distrital presentará ante el Concejo de Bogotá semestralmente, un informe técnico y de impacto económico, social y laboral de las inversiones realizadas con el uso del cupo de endeudamiento aquí autorizado, así como un reporte actualizado sobre el estado de la deuda del Distrito, la deuda contratada durante el período y la evolución de los indicadores de capacidad de pago y sostenibilidad de la deuda. Una de esas presentaciones deberá hacerse junto con la presentación del proyecto de presupuesto”.

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Algo que hay que tener en cuenta es que el que se autorice que la ciudad pueda endeudarse hasta en $10,79 billones no quiere decir que la capital vaya a utilizar todo ese cupo, ya que puede que la situación económica de la ciudad mejore considerablemente y pueda financiar un gran porcentaje de estas inversiones con recursos propios. De hecho, ese era el postulado que presentó la concejala Sara Castellanos en su ponencia, ya que ella consideraba suficiente que el aumento fuera de $8,2 billones, sin embargo la Comisión de Hacienda negó esa propuesta y quedó la original.

Por esa línea también va el Parágrafo 1 del Artículo 3: “Parágrafo 1. La utilización del cupo de endeudamiento programado para ejecutarse en los años 2023 y 2024 tomará en cuenta la evolución que tengan en 2021 y 2022 variables fundamentales como la recaudación tributaria de la Administración Distrital, el crecimiento del PIB y los indicadores de sostenibilidad de la deuda y capacidad de pago de Bogotá”.

Otra modificación importante es que el Distrito tendrá que implementar prácticas que garanticen la austeridad y la calidad en el gasto. Para ello deberá implementar lo estipulado en el Decreto 492 de 2019. La administración de Claudia López también deberá incluir un informe detallado sobre este aspecto en la rendición de cuentas que presentará semestralmente al Concejo de Bogotá.

Así quedó plasmada esta exigencia en el Artículo 7: “La Administración Distrital implementará lo dispuesto en el Decreto 492 de 2019 para la ejecución del cupo de endeudamiento aprobado en este acuerdo con el fin de garantizar la austeridad y la calidad del gasto, los criterios de eficacia, eficiencia y economía en el uso de los recursos. Los resultados tangibles de dicho ejercicio de austeridad y priorización de gastos e inversiones serán presentados a este Concejo de manera periódica, con el informe descrito en el artículo quinto del presente acuerdo”.

El parágrafo del Artículo 1 también brinda una exigencia especial que deberá cumplir la Administración Distrital, y es que no podrá endeudarse con cualquiera. En su lugar deberá asumir el crédito con la organización que le brinde las mejores tasas de interés.

Finalmente el Artículo 6 (de los 8 que componen este proyecto de acuerdo) obliga al Distrito a propender para que en los proyectos que sean contratados con este cupo de endeudamiento, se priorice a las mujeres y a los jóvenes en la generación de empleo, así como en el otorgamiento de créditos y cupos de educación superior.

Hay que esperar a la decisión que tome el cabildo en plenaria. Hay que recordar que paralelamente avanza el proyecto del ‘Plan Marshall’, el cual es considerado “hermano” del cupo de endeudamiento, pues el uno no tiene sentido sin el otro.

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Redacción Bogotá

Por Redacción Bogotá

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