Estos son los requisitos para que bares y discotecas puedan abrir dos horas más en Bogotá

El decreto que se espera entre en vigencia dentro de dos meses, señala 16 puntos para que estos espacios nocturnos estén abiertos hasta las 5:00 a.m., de miércoles a sábado. Una vez los establecimientos cuenten con este certificado e incumplan alguno de los puntos podrán ser suspendidos hasta por seis meses.

-Redacción Bogotá - bogota@elespectador.com
17 de julio de 2018 - 02:50 p. m.
Pixabay
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Con 16 requisitos el Distrito expidió un decreto, que se espera entre en vigencia dentro de dos meses y busca darle forma al 'Sello Seguro' para los bares y discotecas de la capital del país. Estos puntos son adicionales al Código de Policía y buscan mayor seguridad y orden en estos espacios, así lo dio a conocer Blu Radio.

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Este reglamento permitirá que estos establecimientos abran de miércoles a sábado hasta las 5:00 a.m. Para ello, estos espacios recibirán una acreditación que será obtenida a través de una plataforma virtual que será creada para dicho fin por parte de la Secretaría de Gobierno, donde se encontrará un formulario y un espacio para anexar una documentación requerida.

Una vez se haga la inscripción correspondiente, la Gestión Policiva de la Secretaría Distrital de Gobierno contará con 15 días hábiles, para otorgar al establecimiento el ‘Sello Seguro’. Pero, en caso de que el negocio incumpla con algún punto, este les será suspendido por seis meses.

Entre los requisitos que expresa el documento se encuentran:

-Contar con un sistema de ventilación artificial o natural.

-Contar con un sistema contra incendios con un extintos multipropósitos y un dispersor contra incendios por cada 150 m2.

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-Respetar la capacidad máxima de ingreso de personas.

-Realizar un simulacro de evacuación una vez al año y difundirlo en redes sociales.

-Contar con los conceptos favorables sobre el uso del suelo para el lugar donde funcionan.

-Constituir póliza de responsabilidad civil extracontractual que se deriva de un daño o lesión que se ocasiona a un tercero.

-Prestar o tener convenio para el servicio de conductor elegido o taxi seguro.

-Prestar o tener convenio para el servicio de parqueadero con opción de dejar el vehículo toda la noche con tarifa única.

-Contar con personal de seguridad identificado que sólo cumpla la función específica de velar por la seguridad de las personas que se encuentren en el establecimiento.

-Contar con sistema o adaptación de insonorización.

-Tener una página web de servicio al cliente.

-Contar con sistema de cámaras de vigilancia dentro y fuera del establecimiento.

-Incentivar a los clientes a adoptar buenos comportamientos con vecinos y transeúntes.



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Por -Redacción Bogotá - bogota@elespectador.com

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