Juez suspende provisionalmente obras duras en humedales de Bogotá

El Juzgado Cuarto Administrativo ordenó la suspensión temporal del decreto con el que la administración distrital pretendía realizar obras en los humedales de la ciudad, como senderos y ciclorrutas.

-Redacción Bogotá - bogota@elespectador.com
19 de diciembre de 2018 - 08:45 p. m.
Humedal La Conejera en Bogota // Archivo EE
Humedal La Conejera en Bogota // Archivo EE

Las obras planeadas para los humedales, contempladas en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) presentado el pasado 15 de noviembre por el Distrito, podrían haber sufrido un serio revés después de que un juez ordenase suspender algunas de ellas de manera temporal.

Según informó la concejal María Fernanda Rojas (Alianza Verde), el juez aceptó la suspensión solicitada para el Decreto 565 de 2017 que afectaría a tres proyectos de valorización. Se trataría de la ciclorruta del Canal Molinos, su ciclopuente en el mismo canal con Autonorte (en el tramo 1.3km) y la obra del corredor ambiental Canal Córdoba.

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Como consecuencia, tras la decisión los trazados de ciclorrutas y corredores ambientales propuestos en el POT deberían ser modificados por incluir proyectos de recreación activa a lo largo de los humedales de Torca, Guaymaral, Tibabuyes, Jaboque, Córdoba y el Tunjo.

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La concejal celebró esta decisión y consideró que “es la mejor noticia para los humedales de Bogotá en esta navidad, es un paso histórico en la defensa de estos cuerpos de agua y de vida”. Su equipo presentó el pasado agosto una acción de nulidad contra el Decreto 565 de 2017 contra las modificaciones en la Política de Humedales, que cambiaría la definición de recreación pasiva para permitir la construcción de obras duras.

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La Administración Distrital, por su parte, se defendió argumentando que esta suspensión provisional no afecta a la ejecución de los proyectos ya adelantados por Alcaldía en los Parques Ecológicos de Humedal.

Hace un año el Distrito, argumentando conflicto entre normas, modificó la política de humedales. Puntualmente, dejó sin efecto el artículo que prohibía la construcción de obras duras como ciclorrutas y senderos. En aquel momento se argumentó para posibilitar las obras duras que “la política contraviene normas superiores y vigentes para la fecha en que se adoptó ese decreto. Por lo tanto, como el POT contempla la recreación pasiva como uso compatible con los humedales, es necesario modificar la política para que guarde coherencia con las normas de superior jerarquía”.

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