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Cómo, cuándo y dónde reportar un desaparecido en Colombia

Todos los días se reportan en Colombia casos de personas desaparecidas. Sin embargo, hay varios mitos y dudas alrededor del proceso que debe tomar un familiar para alertar sobre una desaparición. Aquí le contaremos cuál es la ruta de atención que se debe tomar para estos casos.

Valentina Cárdenas Chaparro
04 de marzo de 2021 - 03:57 p. m.
 Este año en Colombia se han reportado 553 personas desparecidas.
Este año en Colombia se han reportado 553 personas desparecidas.
Foto: Jose Vargas Esguerra

Recientemente, en Bogotá, se conoció el caso de Stefano Landucci, un hombre de 30 años que reportaron como desaparecido el pasado viernes 26 de febrero y que las autoridades lograron encontrar, sano y salvo, en Villavicencio. Casos como estos se repiten a diario en Colombia y muchas familias todavía no saben cuál es la ruta en caso de perder el rastro de un familiar. Aquí le contamos a qué entidades debe acudir y cuáles son los pasos que debe seguir.

Lo primero y más importante es saber que no se debe esperar cierto tiempo para reportar a una persona como desaparecida. El mito de que las familias deben aguardar que pasen 24, 48 y hasta 72 horas para hacer el reporte es falso. Por el contrario, un familiar puede reportar la desaparición de alguien inmediatamente.

Para hacerlo se debe acudir a una estación de Policía, a la Fiscalía, ante un juez e incluso se puede alertar a la Defensoría del Pueblo, la Personería o la Procuraduría. Una vez se haga el reporte, comienza la búsqueda, indagando en las bases de datos de los hospitales y de Medicina Legal, revisando los sitios en donde se cree que estuvieron por última vez y entrevistando personas que pueden tener información de ayuda.

>>>Lea: Las pistas que siguieron para encontrar a Stefano Landucci

Asimismo, si el familiar lo quiere, puede pedir que se active el Mecanismo de Búsqueda Urgente (MBU) en caso de que se trate de una presunta desaparición por un actor armado. La MBU es una herramienta que permite que las autoridades judiciales ordenen de forma inmediata todas las diligencias necesarias para localizar a la persona.

Para activar este mecanismo una persona puede hacerlo de manera verbal o escrita ante un juez o un fiscal. Eso sí, es necesario que se entregue información para identificar a la persona, como el nombre, el documento, el lugar de residencia, descripción de rasgos y características físicas, forma de vestir, elementos personales que portaba el día que se le perdió el rastro, entre otros. Este trámite es gratuito.

En caso de que el mecanismo encuentre a la persona, la liberación se debe dar por una autoridad frente a un familiar, de un agente del Ministerio Público o del representante legal de la víctima. En caso de que la persona sea hallada sin vida, se deben adoptar todas las medidas necesarias para entregar el cadáver a sus familiares.

Puede ver: Falsos positivos reportados ante la JEP serían más de 6.402: ONG

Otra de las acciones que debe tomar un familiar en estos casos, es hacer el reporte ante el Sistema de Información Red de Desaparecidos y Cadáveres (Sirdec), que es donde se almacenan los datos de todas las personas desaparecidas y cadáveres en el país. Los familiares deben brindar todos los datos posibles de la persona, la cual será registrada en el Formato Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas.

En el reporte se debe informar como ocurrió o pudo haber ocurrido la desaparición, datos personales y descripción física de la persona y otros materiales como fotografías, radiografías de huesos y dientes. De acuerdo con el Comité Internacional de la Cruz Roja, las familias interesadas pueden hacer este tramite en las siguientes entidades:

*Medicina Legal (Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses)

*La Personería municipal

*Defensoría del Pueblo

*Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas

*Asociación de Familiares Detenidos Desaparecidos (ASFADDES)

*La Fiscalía General de la Nación

*Policía judicial

Por otro lado, en caso de que se trate de una desaparición de víctimas del conflicto armado (aquellos a los que se les perdió el rastro hasta 2016) se puede acudir a la Unidad de Búsqueda de Personas (UBPD). Esta unidad busca actuar en compañía de los familiares de la víctima.

Recuerde que para proteger los derechos de un desaparecido, la familia puede hacer una declaración de ausencia, que permite que se pueda proteger la patria potestad de sus hijos (en caso de que tenga), el patrimonio, conservar un vínculo conyugal (si está casado) y obtener un salario o pensión para la familia (cuando existe un salario laboral).

También se puede declarar la muerte presunta, que genera los mismos efectos cuando una persona fallece y da el aval para que los familiares reciban los bienes del desaparecido. Es un proceso gratuito y para el cual no es necesario contar con un abogado.

De acuerdo con la página de Medicina Legal, “Consultas Públicas sobre Desaparecidos y Cadáveres”, este año en Colombia se han reportado 553 personas, de las cuales 325 son hombres y 228. En 2020 se registraron 2.513.

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