Operador del SITP pide a Transmilenio cumplir laudo arbitral

Se trata de la empresa Suma, encargada de las rutas de Ciudad Bolívar. A pesar de que el Distrito había dicho en abril que la decisión beneficiaba a la ciudad, el pasado 28 de junio pidió su nulidad ante el Consejo de Estado.

Redacción Bogotá - Bogota@elespectador.com
11 de julio de 2018 - 03:13 a. m.
El pleito entre Transmilenio y el operador Suma del SITP se trasladará al Consejo de Estado. / Óscar Pérez
El pleito entre Transmilenio y el operador Suma del SITP se trasladará al Consejo de Estado. / Óscar Pérez

El camino para resolver la larga controversia entre los operadores del SITP y el Distrito, por la implementación y los líos económicos del sistema, parecía claro en abril, cuando un tribunal de arbitramento dirimió el pulso que Transmilenio (TM) y Suma (que opera en Ciudad Bolívar) sostenían desde 2015. El fallo dejó varias conclusiones: que el SITP provisional era el principal problema, que la demora en la implementación y los colados habían afectado las finanzas del operador, y que para hacer viable el contrato con el concesionario se debía renegociar lo antes posible(LEA: Primer paso para renegociar los contratos del SITP)

Sin embargo, a pesar de que la administración celebró en su momento la decisión e incluso dijo que los árbitros habían fallado a favor de la ciudad, el pasado 25 de junio tanto el Distrito como la Procuraduría pidieron anular la decisión. La solicitud, que apenas inicia trámite en el Consejo de Estado, llevó a que el representante legal del operador Suma enviara el pasado lunes un oficio a la gerencia de Transmilenio, con copia a la Personería Distrital, para hacer una solicitud puntual: que se cumpla lo antes posible el laudo arbitral para garantizar la viabilidad del contrato. 

Para el concesionario, mientras no exista un fallo que diga lo contrario, el resultado del laudo arbitral está en firme y se debe cumplir. Fuentes cercanas al operador señalan que el oficio, fuera de ser un llamado para encontrar una solución concertada y en el menor tiempo posible, tendría otro efecto: de no encontrar eco sería el precedente para impulsar un proceso por desacato a una decisión judicial.

“Aunque ellos demandaron la nulidad ante el Consejo de Estado, ese procedimiento se demorará al menos un año. Pero como no se ha ordenado la suspensión del laudo, éste se encuentra en firme y lo deben cumplir. Por ahora estamos dejando una trazabilidad, ya que, de no cumplir, esto se convertiría en un desacato de orden judicial. No obstante, tenemos que dejar sentadas las bases para que el dolo se configure y un juez defina si hay fraude a resolución judicial”.

(Fallo salva a Transmilenio de pagar $91.000 millones en pleito por SITP provisional)

Solicitud de nulidad

El origen de la controversia es el contrato de concesión 010 de 2010, suscrito entre Suma y TM, para ser operador del SITP en la localidad de Ciudad Bolívar. El 9 de diciembre de 2015, el concesionario convocó al tribunal de arbitramento para dirimir la controversia con Transmilenio frente a varios aspectos que, en su criterio, eran la causa de un desequilibrio económico que tenía a la empresa al borde de la quiebra. Los árbitros fallaron en abril pasado con una orden clara: revisar el contrato.

No obstante, el Distrito, luego de analizar la decisión, optó por pedir su nulidad ante el Consejo de Estado. Su inconformidad la resumió en dos aspectos: que los árbitros no fallaron en derecho y que concedieron más de lo que había pedido el operador, al decidir sobre cuestiones ajenas al arbitramento. Para sustentarlo, en su escrito mencionaron varios puntos en los que, a pesar de haberle dado la razón a Transmilenio, terminó emitiendo órdenes que beneficiaban a los transportadores. El recurso, en el fondo, apunta a librarse de tener que renegociar con Suma.

El oficio de TM dice que, pese a que los árbitros reconocieron que el contrato se debía ejecutar conforme a lo pactado, que era legal el documento en el que el operador aceptaba los riesgos en su ejecución y era legal la prórroga de la etapa preoperativa del sistema, inexplicablemente terminó ordenando una revisión del contrato, al señalar que hubo situaciones que afectaron económicamente al operador.

“De haberse proferido un fallo en derecho, se habrían aplicado las directrices de los documentos contractuales… El fallo, no sólo desatiende el deber cardinal de motivar sus decisiones, para traspasar el umbral del fallo en conciencia, sino también porque la omisión fue el camino que decidió transitar para darle cabida a su visión de justicia, consciente en ignorar la conducta contractual del concesionario, en cuanto al no cumplimiento de sus obligaciones”, dice el abogado del Distrito.

La administración concluye que, fuera de no haber emitido un fallo en derecho, terminó otorgando a SUMA más de lo que solicitó, al declarar la ocurrencia de un desequilibrio económico por la prolongación de la etapa de transición. “En la demanda, el operador no presentó un alegato de desequilibrio económico, ni hubo pretensión encaminada a una declaración de ocurrencia de una alteración de la ecuación económica. A pesar de ello, en el laudo se declara ese desequilibrio y el tribunal realiza, a su discreción, la distribución de dicho riesgo, en partes iguales. Con esto es indudable que emitió un fallo más allá de lo pedido”.

Los argumentos de Suma

A pesar de los argumentos de la administración, para los directivos de Suma el laudo arbitral actualmente es una orden en firme que se debe cumplir, independientemente de las acciones jurídicas que adelante el Distrito para buscar su anulación. Así lo hizo saber Jairo Enrique Angarita, representante legal de la empresa, a través de un oficio a Transmilenio radicado el pasado lunes, en el que hizo una serie de críticas y pidió acatar la decisión por ser de inmediato cumplimiento.

En el documento, de entrada, cuestiona que han pasado más de dos meses desde que se conoció el fallo y aún no se cumplen las órdenes del tribunal. Por el contrario, resalta, TM tomó medidas injustificadas en contra de su empresa, como el inicio de un proceso sancionatorio, aduciendo incumplimientos en la vinculación de la flota y la programación de los servicios.

Para el operador, dicho proceso no tiene justificación si se tiene en cuenta que Transmilenio pretende imponer sanciones que sólo serían aplicables cuando el SITP esté completamente implementado, algo que, como lo ha reconocido el propio Distrito, es un punto al que no se ha llegado.

En cuanto a la solicitud de nulidad impulsada por la administración, los directivos de Suma se mostraron sorprendidos. Advierten que, durante el trámite arbitral, ninguna de las partes alegó irregularidades procesales. Por eso consideran que, tanto con este trámite ante el Consejo de Estado como con el proceso sancionatorio, buscan retrasar el cumplimiento del fallo.

Para concluir, Angarita hizo un llamado: le solicitó a TM sentarse a solucionar los aspectos que el laudo pide revisar y de esta manera evitar que la ejecución del contrato sea inviable. Para esto le propuso a Transmilenio que conjuntamente fijen un cronograma a corto plazo, en el que se puedan establecer acuerdos para buscar un equilibrio económico mediante la revisión de las cláusulas contractuales.

Al consultar a Transmilenio sobre la petición de Suma, al cierre de esta edición señaló desconocer el documento. Frente al proceso con el que buscan la nulidad del laudo arbitral, en días pasados envió una respuesta a Noticias Uno en la que se limitó a decir que “dentro del término procesal previsto, TM y la Procuraduría interpusieron recurso de anulación contra el laudo arbitral por considerar que se configuraban las causales de ley para hacerlo”.

Por Redacción Bogotá - Bogota@elespectador.com

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