Personería de Bogotá inhabilitó a exalcaldes de San Cristóbal, Kennedy y Rafael Uribe Uribe

Según la entidad, estas personas serían responsables por irregularidades en la suscripción y ejecución de convenios de asociación.

-Redacción Bogotá - bogota@elespectador.com
08 de julio de 2019 - 03:13 p. m.
Personería de Bogotá.
Personería de Bogotá.

La Personería de Bogotá, en primera instancia, destituyó e inhabilitó por 10 años a los exalcaldes locales Luis Fernando Escobar Franco, de Kennedy, y Diana Mabel Montoya Reina, de Rafel Uribe Uribe, e inhabilitó por 12 años a Jairo León Vargas, de San Cristóbal, por irregularidades en la suscripción y ejecución de convenios de asociación.

Los convenios de asociación son una figura jurídica excepcional con la cual las entidades estatales pueden en forma mancomunada con un particular, sin ánimo de lucro, impulsar programas y actividades previstas en los planes de desarrollo que busquen promover derechos de las minorías como: el derecho a la educación, a la paz, o las manifestaciones artísticas, culturales, deportivas y de promoción de la diversidad étnica.

Sin embargo, ese tipo de convenios no se pueden suscribir para adquirir y abastecerse de un bien, producto o servicio, en los cuales el contratista cumple órdenes expresas de la entidad estatal, como ocurrió en los casos de los tres exalcaldes locales.

San Cristóbal

Según la entidad, Jairo León Vargas, exalcalde de San Cristóbal, contrató de manera directa y ejecutó un convenio de asociación con la Fundación Camino Verde ONG social, cultural y ambiental (FUNDCAVE), con el propósito de aunar esfuerzos para realizar acciones de resignificación y apropiación de los territorios ambientales que permitieran a sus habitantes ejercer la "soberanía y gobernanza del agua”, por más de $318 millones. (Lea también: Inhabilitan a exfuncionario por compra de cámaras para Transmilenio que no operaron)

En este caso, se evidenciaron obligaciones a cargo del contratista, quien debía ejecutar las acciones de socialización, difusión, elaboración de talleres, módulos pedagógicos, entre otros. Esa situación obligó a la Fundación a ejecutar actividades tales como la adquisición de bienes y servicios y contratación a personal de apoyo administrativo, lo cual requiere otra forma de contratación, evadiendo así la convocatoria pública de selección objetiva para escoger al mejor proponente. Además, se omitió la publicidad del proceso en el portal de contratación estatal, Secop.

Kennedy

Luis Fernando Escobar Franco, exalcalde Local de Kennedy suscribió y ejecutó dos convenios de asociación, eludiendo así el concurso o la licitación pública. En ambos casos se contrató el suministro de bienes y servicios con órdenes expresas de la Alcaldía Local.

El primero con la Fundación Olimpus con el fin de aunar esfuerzos para desarrollar las actividades de carrera ciclística, atlética y juegos comunales vacaciones recreativas. El contrato superó los $649 millones, de estos $590 millones fueron aportados por la Alcaldía y los $59 millones restantes provinieron de la Fundación Olimpus.

También, el Ministerio Público Distrital evidenció que un segundo convenio de asociación con la Fundación Somos Afro, con el objeto de aunar esfuerzos para desarrollar actividades de torneo de painball, campeonato de baloncesto, festival de porras y copa talentos de Kennedy, con un plazo de ejecución de cinco meses, por más de $423 millones, de estos $385 millones fueron aportados por la Alcaldía Local y más de $38 millones puestos por la fundación.

La investigación disciplinaria en contra de Luis Fernando Escobar Franco había sido asumida por la Oficina de Asuntos Disciplinarios de la Secretaría de Gobierno encontrándolo responsable e inhabilitándolo por 15 años, en primera instancia, pero la Alcaldía Mayor de la época declaró la nulidad del fallo. Posteriormente, la Personería de Bogotá asumió el poder preferente de esta averiguación.

Rafael Uribe Uribe

Diana Mabel Montoya Reina, exalcaldesa de Rafel Uribe Uribe, eludió la selección objetiva del contratista y suscribió el convenio de asociación con la Corporación Volver a la Gente, el cual contiene obligaciones que no corresponden a la esencia y naturaleza del convenio de asociación, por cuanto la ejecución se desarrolló de acuerdo con las precisas instrucciones que impartió la Alcaldía Local. (Le puede interesar: Personería lanza alerta por irregularidades en Doña Juana)

El objeto del convenio de asociación: aunar esfuerzos para el fortalecimiento de procesos organizativos locales, de elección y participación de consejos y mesas. El valor del contrato ascendió a $116 millones, de estos la localidad aportó $104 millones y la corporación más de $11 millones. El plazo de ejecución fue de cinco meses.

De acuerdo con el organismo de control, con la firma de los convenios de asociación en mención, se vulneraron los principios de transparencia, publicidad, moralidad y selección objetiva de la contratación estatal.

Contra la decisión de primera instancia procede el recurso de apelación, el cual será resuelto por la personera de Bogotá, en segunda instancia.

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