Petro modificó restricción para vehículos de carga en Bogotá

La Alcaldía ajustó los horarios.

El Espectador
18 de diciembre de 2012 - 12:14 p. m.

La Administración Distrital a través de la Secretaría de Movilidad ajustó los horarios del decreto 568 en el que se fijaban las restricciones para los vehículos de carga hasta el próximo 15 de enero.

Las modificaciones al decreto se debieron a las características de las diferentes cadenas productivas, las cuales se veían afectadas con el pico y placa impuesto por la Alcaldía.

Los vehículos de carga de más de 7 toneladas desde el 18 de diciembre hasta el 15 de enero no podrán circular entre las 6:00 a.m. y las 9:00 a.m. y entre las 5:00 p.m. y las 7:30 p.m. El cargue y descargue estará restringido en ese mismo horario en adelante.

Los vehículos que trasporten alimentos y bebidas, materiales de construcción y combustibles terminados (gasolina, diesel y combustibles de aviación) no serán sujetos de la restricción.

Se habilitará un corredor para la circulación de vehículos que transporten sustancias peligrosas o combustibles diferentes a los ya señalados, en la Autopista al Llano, av. Boyacá y calle 13, entre 6:00 a.m. y 9:00 a.m.

La Administración Distrital y los diversos sectores productivos de la ciudad se comprometieron a conformar una mesa de trabajo con el fin de trabajar mancomunadamente en el mencionado modelo de ordenamiento logístico de carga que deberá operar en la ciudad a partir del 1 de mayo de 2013.

“Con esta medida se busca una revolución del transporte de carga para que la ciudad cuente con mejores condiciones de movilidad sin afectar la productividad”, dice la Secretaría de Movilidad.
 

Por El Espectador

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