Recomendaciones para activación de servicios ambulatorios, hospitalarios y cirugías

La Secretaría de Salud de la Capital entregó los lineamientos para la reactivación gradual de la prestación de servicios de salud, durante esta fase de contención del COVID-19.

-Redacción Bogotá /bogota@elespectador.com
03 de mayo de 2020 - 06:53 p. m.
Mauricio Alvarado - El Espectador.
Mauricio Alvarado - El Espectador.

Nuevas recomendaciones fueron entregadas por parte de la Secretaría de Salud (SDS) para la activación de servicios ambulatorios, hospitalarios y cirugías por parte del sector de la salud de la capital. Estos lineamientos también tienen que ver con el riesgo al que está expuesto constantemente el personal de salud por la falta de elementos de bioseguridad. 

Preservar la salud y mitigar la expansión del Covid -19 son los objetivos de la Alcaldía de Bogotá, por ello, asegurar el bienestar del personal médico y los pacientes que estos atienden es vital para que no se disparen los casos confirmados de coronavirus. Por ello, la Secretaría de Salud emitió un comunicado informando los lineamientos y recomendaciones para las personas que tengan que someterse a algún servicio de salud. 

Urgencias 

Todos los usuarios con síntomas respiratorios deben usar una mascarilla al ingreso a una IPS, así mismo todo el personal de la salud y los administrativos deben usar elementos de protección personal en el área de urgencias. Si el paciente es confirmado positivo para COVID-19, debe ser aislado en una zona hospitalaria especial. 

Hospitalización 

Si el paciente con COVID-19 no cumple los criterios establecidos para su hospitalización, debe enviarse lo más pronto posible a su domicilio. Los usuarios que no tengan el virus no deben compartir espacios con quienes tengan coronavirus. El personal que labora en servicios críticos debe contar con los elementos de protección personal pertinentes. Deben suspenderse las visitas médicas a los pacientes hospitalizados. 

Consulta externa 

Los ciudadanos que tengan una consulta programada, deben ser contactados previamente, vía telefónica, para confirmar la asistencia. Si el usuario tiene alguna infección respiratoria, se debe reprogramar la consulta en un tiempo mayor a 20 días; para el caso de mayores de 70 años, se debe priorizar la telemedicina. El personal de salud debe verificar la historia clínica de cada paciente antes de asignar una cita, y quienes asistan deben usar tapabocas, priorizando el servicio de telemedicina. 

La entidad recomienda únicamente la atención de urgencias odontológicas, cumpliendo todas las medidas de bioseguridad. La circular de la SDS determina que se debe mantener la atención en salud para garantizar la continuidad de los tratamientos y evitar que los pacientes presenten complicaciones, priorizando la telemedicina. 

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En el caso de las cirugías programadas, la SDS recomienda la reactivación de procedimientos quirúrgicos o diagnósticos de los pacientes que tuvieron aplazamiento durante la fase de contención de la emergencia. Los procedimientos que aún no están autorizados son: cirugías estéticas, odontológicas y donde haya una relación costo-beneficio desfavorable para el usuario y pacientes con familiares o contactos estrechos portadores del virus. 

Para el personal de la salud, la Secretaría Distrital de Salud recomienda: 

*Higiene de manos: lavado con agua y jabón y preparados a base de alcohol. Aplica para el personal de la salud y los usuarios.

*Uso de elementos de protección personal según el riesgo de exposición.

*Protocolos de limpieza y desinfección de ambientes, áreas y superficies.

*Limpieza y desinfección de equipos biomédicos.

*Limpieza y esterilización para instrumental.

*Adecuado manejo de residuos hospitalarios y similares: segregación en la fuente, ruta sanitaria, almacenamiento, recolección y disposición final.

*Distanciamiento social en salas de espera.

*Ampliación de tiempos entre atenciones de servicios de salud que permitan el distanciamiento social y la aplicación de protocolos de limpieza, desinfección y esterilización entre cada atención.

*Si el criterio médico define la necesidad de acompañante, éste debe ser abordado de acuerdo a las medidas de bioseguridad pertinentes.

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