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Servicio social por no reciclar

UAESP reglamentó el trabajo comunitario para reincidentes en comparendo ambiental.

Redacción Bogotá
16 de febrero de 2015 - 02:00 a. m.

Infracciones que ameritan comparendos ambientales Persona natural Persona jurídica
01. Presentar para la recolección, los residuos sólidos en horarios no autorizados por la empresa prestadora del servicio. 5
 
 
 
 
 
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02. No usar los recipientes o demás elementos dispuestos para depositar los residuos sólidos, de acuerdo con los fines establecidos para cada uno de ellos. 5
 
 
 
 
 
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03. Disponer residuos sólidos y escombros en sitios de uso público no acordados ni autorizados por autoridad competente. 10
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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04. Arrojar residuos sólidos o escombros en espacio público o en sitios abiertos al público como teatros, parques, colegios, centros de atención de salud, expendios de alimentos, droguerías, sistemas de recolección de aguas lluvias y sanitarias y otras estructuras de servicios públicos, entre otros. 10
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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05. Arrojar escombros o residuos sólidos a humedales, páramos, fuentes de agua y bosques, entre otros ecosistemas. 1
 
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06. Destapar y extraer, parcial o totalmente, sin autorización alguna, el contenido de las bolsas y recipientes para la basura, una vez colocados para su recolección, en infracción a las normas sobre recuperación y aprovechamiento vigentes. 5
 
 
 
 
 
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07. Romper, rasgar, quemar o de cualquier otra manera dañar o destruir las bolsas y recipientes en que los residuos sólidos hayan sido almacenados o depositados para ser objeto de recolección, o abrirlos sin volverlos a cerrar debidamente, o extraer de ellos los residuos y dejar el lugar en que se produzca la extracción en un estado de aseo peor a aquél en que se encontraba. 5
 
 
 
 
 
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08. Presentar para la recolección dentro de los residuos domésticos, animales muertos o sus partes, diferentes a los residuos de alimentos, en desconocimiento de las normas sobre recolección de animales muertos de conformidad con las normas vigentes. 10
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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09. Dificultar la actividad de barrido y recolección de residuos sólidos o de escombros. 5
 
 
 
 
 
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10. Almacenar materiales y residuos de obras de construcción o de demoliciones en vías y/o áreas públicas. 15
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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11. Realizar quema de residuos sólidos y/o escombros sin los controles y autorizaciones establecidos por la normatividad vigente. 15
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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12. Instalar cajas de almacenamiento, unidades de almacenamiento, canastillas o cestas de almacenamiento, sin el lleno de los requisitos establecidos por las normas vigentes sobre la materia. 5
 
 
 
 
 
 
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13. Hacer limpieza de cualquier objeto en vías públicas, causando acumulación o esparcimiento de residuos sólidos o dejar esparcidos en el espacio público los residuos presentados por los usuarios para la recolección. 5
 
 
 
 
 
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14. Permitir la deposición de heces fecales de mascotas y demás animales en prados y sitios no adecuados, sin la recolección debida. 10
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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15. No administrar con orden, limpieza e higiene los sitios donde se clasifican, comercializan y reciclan residuos sólidos. 15
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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16. Disponer desechos industriales, sin las medidas de seguridad necesarias o en sitios no autorizados por autoridad competente. 1
 
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17. No recoger los residuos sólidos o escombros en los horarios establecidos por la empresa recolectora, salvo información previa debidamente publicitada, informada y justificada, conforme a las normas vigentes. No aplica 15
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
18. No disponer separadamente para su recolección, los residuos reciclables de los no reciclables. 5
 
 
 
 
 
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19. Arrojar los escombros en sitios diferentes a los autorizados por la normatividad vigente. 10
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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20. Arrojar basuras desde un vehículo automotor o de tracción humana o animal en movimiento o estático a las vías públicas, parques o áreas públicas. 1
 
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En septiembre de 2014, este diario les contó a los bogotanos que los comparendos ambientales eran una realidad. Ese mes la Alcaldía publicó en el Registro Distrital el decreto que los reglamentaba parcialmente. En diciembre, luego de tres meses de aplicar sanciones pedagógicas, se reglamentó y se aclaró el decreto, y empezaron las multas para quienes no reciclaran en bolsa blanca. Sin embargo, la sanción solo aplicaba en sectores donde había rutas de reciclaje.

Es decir, solo en el 30% de la ciudad, según la Unidad Administrativa de Servicios Públicos (UAESP), que corresponde a casi todo Bosa y sectores de Usaquén, Barrios Unidos, Chapinero, Candelaria y Puente Aranda. Al decreto, que fijó las 20 sanciones e infracciones ambientales (ver infografía), el Distrito le hizo algunas modificaciones, pero había algunas pendientes. Entre esas, una básica: en qué consistiría el servicio social que debe prestar el infractor reincidente.

Recientemente, publicaron en el Registro Distrital la resolución que aclara el tema . Según el documento, que conoció El Espectador, estos ejercicios durarán un día y se harán de dos formas: en puntos fijos o sitios itinerantes de sensibilización. Los fijos serán “las aulas ambientales de la Secretaría de Ambiente, los puntos críticos de disposición de residuos, los puntos ecológicos en los colegios distritales , los puntos de pesaje públicos y los demás establecidos por la UAESP”.

Los itinerantes serán aquellos lugares de alcance masivo y no permanente, como los eventos de gran concurrencia donde exista participación de las entidades públicas del Distrito, los puntos ecológicos y las rutas de recolección selectiva de los recicladores de oficio de Bogotá.

Las metodologías y temáticas que tendrán estos servicios sociales buscarán “la sensibilización y capacitación a distintos sectores de la población en torno a los principios del Programa Basura Cero”. Esto quiere decir que el reincidente deberá llevar un esquema bajo el brazo para explicar este programa, que incluye guión: “Estoy aquí con el fin de explicarle cómo se separan adecuadamente los residuos para que los recicladores puedan aprovechar el material reciclable, obligación de los ciudadanos de Bogotá”.

“(...) Pero no se preocupe, es muy fácil. Los residuos que usted genera deben separarse así: en una bolsa blanca irán los residuos reciclables como papel, cartón, plásticos, vidrio, metales y tetrapak. En una bolsa negra debe ir material orgánico como cáscaras de frutas y verduras, residuos ordinarios como lo que se barre en casa, el papel, los pañales y las toallas higiénicas. Para los escombros de construcción se debe llamar al operador de la zona para que los recoja. El operador recogerá sin costo hasta un metro cubico de material, es decir, 10 lonas de 60 x90 a medio llenar. Para volúmenes mayores puede concertar con el operador o contratar con un tercero el servicio de recolección siempre y cuando estos aseguren la disposición final adeudada de estos residuos.

De igual forma, el “capacitador”, tendrá que enseñar cómo se hace la disposición final de otros tipos de residuos, que no deben ir ni en la bolsa blanca, ni en la negra. Se trata de los residuos eléctricos y electrónicos (RAEE), los residuos peligrosos (RESPEL) como insecticidas, medicamentos vencidos, pilas, entre otros.

El discurso, que el infractor ambiental tendrá que difundir durante el día de sanción, culminará promoviendo entre los ciudadanos el ejercicio de “Las tres r”. “Para adoptar prácticas responsables con el ambiente manejando adecuadamente los residuos que generamos en nuestras casas, sitios de trabajo, colegios, entre otros, les proponemos que pongamos en práctica esta regla: Reducir, Reutilizar y Reciclar”.

Esta nueva resolución completó el paquete de medidas que la alcaldía de Gustavo Petro ingenió para que los comparendos ambientales se puedan implementar plenamente en la capital.

Reciclar ya es un deber y una norma en el Distrito. Ahora, estará en cada ciudadano la apropiación de este discurso en sus casas, para no hacerse acreedor de un comparendo ambiental o para no tener que memorizar y repetir, durante todo un día de trabajo social, el guión ambiental de la bolsa negra y la blanca.

Por Redacción Bogotá

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