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Abecé para reinventarse en la práctica

Reinventarse es una de las palabras de moda, compitiendo de cerca con nueva normalidad. Aunque haya una fuerte presión para incentivar la adaptación y la proactividad de los empresarios en la emergencia provocada por el COVID-19, no hay una guía clara de cómo deben ser estos cambios.

Camilo Vega Barbosa
09 de junio de 2020 - 12:39 a. m.
Abecé para reinventarse en la práctica
Foto: Getty Images

El problema del romanticismo que rodea este concepto es que se ignora que cambiar el modelo de una empresa es, de hecho, una decisión y una tarea muy complejas. Es decir, un comercio que vende empanadas no puede comenzar a vender tapabocas de un día para otro: hay una serie de trámites que son necesarios para poder hacer esta transición legalmente. Y no siempre es necesario cambiar radicalmente el sector de su negocio.

Lo primero es entender que toda empresa tiene documentos que certifican en gran medida su identidad y lo que hacen: los estatutos de la empresa, el Registro Único Tributario (RUT), etc. Aquí se encuentra información detallada de la razón social (el nombre de la empresa), la actividad principal que se define por medio de un código establecido en la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) y las dos actividades económicas secundarias (también por medio del CIIU). Entonces, cualquier reinvención debe tener en cuenta esa parte. ¿Cómo se reinventa legalmente una SAS?

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María Camila Marting, abogada en derecho contractual y directora legal de la firma ECA, explica que “el cambio de actividad económica (ya sea principal o secundarios) en el RUT lo puede hacer fácilmente el representante legal por internet si tiene firma electrónica. Sin embargo, los nuevos códigos CIIU tienen que tener una coherencia con los estatutos de la empresa. Por eso, el primer paso es cambiar el objeto social (en los estatutos), lo cual se debe hacer por medio de una asamblea de accionistas (ordinaria o extraordinaria, dependiendo la fecha). Además, la aprobación del cambio también dependerá de lo pactado en los estatutos: hay empresas que establecen que estas modificaciones se permiten con 70 % del quórum (que asistió y votó a favor), pero puede variar según el caso. Una vez cumplido este proceso, se debe registrar el acta en la Cámara de Comercio. Y al mismo tiempo se puede cambiar el RUT por la página de la DIAN”.

Martín agrega que “aunque se puede cambiar la razón social por medio del mismo proceso (cambio de estatutos, asamblea y registro en Cámara de Comercio), no es lo recomendable a menos de que sea estrictamente necesario. Este es un proceso dispendioso que incluso implica notificar a proveedores y trabajadores. Entonces, tal vez lo mejor sea hacer una inclusión de un nombre comercial: así la razón social quedaría solo para temas tributarios y legales, pero todo el mundo (clientes) conocerá a la empresa por el nombre comercial. De hecho, este trámite (nombre comercial) es muy sencillo, pues en algunos casos ni siquiera hace falta acta (solo registro en la Cámara de Comercio)”.

Aunque la cuarentena parece dificultar estos trámites, Julián Domínguez, presidente de Confecámaras, explica que “a través de sus páginas web, aplicaciones móviles, chats empresariales o servicio de correo electrónico, entre otros, las cámaras de comercio les ofrecen a los empresarios toda la infraestructura y el acompañamiento necesarios para realizar los trámites que requieran, incluidos el registro de una empresa, los cambios de actividad económica o razón social, la adquisición de certificados y la renovación de la matrícula mercantil. Para apoyar a los empresarios en esta tarea se realizan webinars y tutoriales por parte de las cámaras de comercio para explicarles el proceso a los empresarios”.

Con el tema legal claro, el siguiente paso es saber el grado de reinvención que requiere un negocio. Alejandro Olaya, gerente de innovación y emprendimiento de la Asociación Nacional de Empresarios (Andi), comenta que “no necesariamente reinventarse implica cambiarse de sector. Este nivel de cambio solo debería considerarse en casos extremos, como las empresas de actividades que están paradas y que puedan estar así por un buen tiempo: turismo, eventos y conciertos, por ejemplo. En este caso puede tener sentido que compañías como Corferias presten sus instalaciones para servicios de salud (como está pasando). Sin embargo, en la mayoría de casos se recomienda innovar dentro del mismo sector, como reinventar al seguir las tendencias que están surgiendo, lo que trae menos riesgos y costos”.

Olaya comenta que “hay tres tendencias marcadas que puede usar una empresa para reinventarse (dentro del mismo sector). En primer lugar está la transformación digital: por ejemplo, el negocio de empanadas debería considerar poder recurrir a e-commerce, es cuestión de que haga pilotos para encontrar un modelo funcional y eficiente de vender su productos. Otra tendencia es optar por recurrir a proveedores locales (vender ropa colombiana, por ejemplo): el mundo vive un fenómeno de proteccionismo, por lo que las empresas en el país deberían apostarle a lo local. Y en tercer lugar está todo el tema del cuidado en salud: vemos grandes oportunidades en este segmento, que llegó para quedarse”.

Por eso, innovar en esta emergencia puede ser simplemente incorporar modelos complementarios, y registrando esto como actividades secundarias del RUT. Por ejemplo, se puede incluir un código CIIU que permita vender por internet.

Cambiar el objeto social (actividad principal), es decir, cambiar de sector, solo se debe considerar en escenarios extremos en los que se esperan varios años de problemas de mercado. Lo importante es adaptarse de forma estratégica, para que la reinvención, en efecto, permita salvar el negocio y los empleos que genera.

Camilo Vega Barbosa

Por Camilo Vega Barbosa

Economista y periodista especializado en temas de finanzas personales, economía internacional, sector financiero y construcción. Autor del libro “Guía para no estar pelado”.@camilovega0092jvega@elespectador.com

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