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Contralor revive proceso fiscal por concesión de El Dorado

El proceso de responsabilidad fiscal se abrió en febrero de 2013, estimando en $4.761 millones el posible detrimento patrimonial.

Redacción Economía
13 de noviembre de 2014 - 03:52 p. m.
Contralor revive proceso fiscal por concesión de El Dorado

La investigación relacionada con el manejo de recursos públicos del contrato de concesión del aeropuerto El Dorado, suscrito entre la Aeronáutica Civil (Aerocivil) y Opaín, archivado  desde octubre, fue reabierto por el contralor Edgardo Maya Villazón.

El pasado 2 de octubre, la contraloría Intersectorial No. 6 de la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción había ordenado el archivo total de este expediente, por considerar que no existió daño patrimonial en contra del Estado, dice el comunicado de prensa de la entidad de control de las finanzas públicas.

El despacho del contralor General de la República encontró pertinente reconsiderar la decisión de primera instancia dado que el análisis probatorio “no resulta suficiente para concluir la inexistencia de daño patrimonial causado al Estado”, dice el informe.

Este proceso de responsabilidad fiscal se abrió el 8 de febrero de 2013, estimando en 4.761 millones de pesos la cuantía del posible detrimento patrimonial ocasionado a los recursos del erario. El informe de prensa precisa que el proceso vincula a dos ex directores de la Aerocivil, el concesionario Opaín y la firma Otca (Operador del Terminal de Carga Aeropuerto El Dorado SAS).

Recuerda el informe revelado por la contraloría General que los hechos que dieron origen al proceso fiscal se originaron en una auditoría de la vigencia 2010 realizada por la contraloría Delegada para el Sector de Infraestructura.

El hallazgo fiscal de esa auditoría se centró en las presuntas irregularidades frente al manejo de los recursos públicos del contrato de concesión celebrado entre la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil y Opaín, los cuales debían ingresar a la fiducia (comprendiendo tanto los ingresos regulados como los no regulados). Esa fiducia administraba los recursos y el manejo financiero y contable.

El hecho de que no ingresaran todos los recursos a la fiducia generaba una disminución en el valor base para determinar la contraprestación a cancelar a la Aerocivil, por concepto de explotación comercial, lo cual para los auditores constituía un presunto detrimento patrimonial. En conclusión, no había certeza sobre si se estaban reportando a la fiducia los ingresos regulados y no regulados, señala el informe.

La conclusión de inexistencia del daño fiscal en la decisión de primera instancia, se fundamentó en una comunicación de Opaín dirigida a Otca SAS en la que le informa que la liquidación de la contraprestación a favor de la Aerocivil se hará sobre el 100 por ciento “de los ingresos derivados de los contratos de subarrendamiento”. Adicionalmente, Fiducolombia certificó el pasado 25 de agosto que para la contraprestación a favor de la Aerocivil se están teniendo en cuenta los contratos de subarriendo y explotación comercial del nuevo terminal de carga.

Sin embargo, para la segunda instancia por el solo hecho de que Fiducolombia administre los recursos de los contratos de subarriendo no se puede llegar a la conclusión de inexistencia del daño patrimonial en contra del Estado.

Considera que se debe verificar que la administración de tales recursos esté conforme a los principios de la gestión fiscal, que resulta imperativo en el manejo de los mismos, y que efectivamente todos hubieran sido reportados a la fiducia, pues no obra prueba de ello.

Renmarca el comunicado que en hecho que la decisión del despacho del contralor General de la República cuestiona es que se hayan concedido a los subarrendatarios de Otca (Fedex, Desacol y Girag) dos meses de gracia para realizar obras de adecuación y que sólo al vencerse ese término se hubieran comenzado a pagar los cánones convenidos en los contratos.

Otorgar ese período de gracia al arrendador del local comercial perteneciente al Estado, podría enmarcarse en un daño al patrimonio económico del Estado, al convertirse esta cláusula en un privilegio aislado, que no contribuye al bienestar general, omitiendo de igual forma dar aplicación al principio presupuestal de legalidad del gasto, destaca el informe de la contraloría General.

Por Redacción Economía

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