El Gobierno Nacional puso en funcionamiento el primer proyecto de infraestructura financiado con el mecanismo de Obras por impuestos, una vía terciaria en Chalán, Sucre que beneficiará a 2.500 personas en una zona afectada en el pasado por el conflicto armado.
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La propuesta consistía en el mejoramiento y carpeta asfáltica de tres kilómetros de la vía que comunica al casco urbano con la cabecera del corregimiento La Ceiba en el nororiente del departamento de Sucre, en la subregión de los Montes de María, además de trabajos de diseño y construcción de obras de estabilización; construcción y mantenimiento de obras de drenaje; la estructura de pavimento mediante la estabilización del suelo, así como la señalización vertical y la demarcación lineal, por un valor de $3.200 millones.
El contribuyente detrás de este proyecto fue la empresa Diselec S. A., que se apoyó para la contratación en la Fiduciaria FIDUPREVISORA y contó además con la supervisión del el Instituto Nacional de Vías (Invías), entidad que garantizó la calidad, eficiencia y transparencia en la ejecución de la obra y que veló porque la obra contribuyera contribuyendo al desarrollo e integración de la región.
El mejoramiento de la vía reducirá los tiempos de recorrido en un 60 % y los niveles de accidentalidad en 50 %. “Este tipo de iniciativas apalancan el crecimiento económico, social, cultural y turístico de aquellos municipios que se han visto afectados por el conflicto armado”, dijo el director operativo del Instituto, Juan Esteban Romero, quien destacó la participación de la empresa privada en este esquema alternativo que comienza a materializarse.
Este fue el primer proyecto que comenzó construcción. De los 22 proyectos aprobados solo se habían entregado dos el de la red multiservicios Seapto (Gana Gana), que otorgó 150 computadores a 13 instituciones educativas en Tolima (en noviembre de 2018), y el de la petrolera Parex para la dotación de seis escuelas en Tame (Arauca). Este se suma ahora a la lista.
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Cabe recordar que la figura de Obras por impuestos, contemplada en la Ley 1819 de 2016, determina que las personas jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta que en el periodo gravable obtengan ingresos brutos iguales o superiores a 33.610 UVT (Unidad de Valor Tributario) podrán efectuar el pago parcial del impuesto de renta mediante la inversión directa en la ejecución de proyectos de trascendencia social en los municipios ubicados en las Zonas más Afectadas por el Conflicto Armado (Zomac).