Rendimientos financieros pagarían más impuestos, según proyecto de decreto

El borrador de la norma, que reglamenta la Ley de Financiamiento, establece que se podrán gravar los rendimientos de productos como un CDT sin tener en cuenta el impacto de la inflación, como sucede hasta ahora.

Redacción Economía.
25 de septiembre de 2019 - 05:47 p. m.
El proyecto de decreto también deja claro que los aportes de pensiones voluntarias gozarán de beneficio tributario.  / Getty Images.
El proyecto de decreto también deja claro que los aportes de pensiones voluntarias gozarán de beneficio tributario. / Getty Images.

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios un proyecto de decreto que reglamenta la Ley de Financiamiento en lo relacionado con el impuesto de renta de personas naturales. Entre los puntos que más han llamado la atención está el gravamen sobre los rendimientos financieros.

Según el proyecto, para el año gravable de 2019 (es decir, para la declaración de renta que se presentará en 2020), los rendimientos financieros en su totalidad serán un ingreso gravable. Asimismo, lo será el rendimiento que reciben los fondos de inversión, mutuos de inversión y de valores al distribuir o abonar los rendimientos de sus afiliados.

Le puede interesar: Se posesionó Juan Pablo Zárate como viceministro de Hacienda

De acuerdo con Gustavo Cote, exidirector general de la Dian, antes de la Ley de Financiamiento el componente de la inflación en los rendimientos financieros (en un CDT, por ejemplo) no pagaba impuesto de renta, pues, al ser un efecto del aumento en el costo de vida, no puede ser visto como una rentabilidad. Por esa razón, para Cote, lo dispuesto en el proyecto de decreto afectaría o desincentivaría el ahorro.

Entre otros elementos que introduciría esta norma está la confirmación de que las cotizaciones voluntarias de los trabajadores al sistema de pensiones en el régimen de ahorro individual, así como los aportes voluntarios a fondos de pensiones obligatorios, "no harán parte de la base para aplicar la retención en la fuente por rentas de trabajo y serán considerados como un ingreso no constitutivo de renta ni de ganancia ocasional". El mismo tratamiento tendrán sus rendimientos "en el respectivo año gravable en que se generen".

Hay que recordar que en marzo pasado se generó revuelo por la posibilidad de que esos ahorros no tuvieran el beneficio tributario. El proyecto de decreto ahora busca no dejar lugar a dudas sobre el asunto.

El proyecto de decreto también propone la regulación sobre los efectos tributarios del leasing; sobre la renta presuntiva y su compensación, así como definiciones de rentas, rentas exentas y deducciones, entre otros asuntos. Puede consultar el documento completo para comentarios en este enlace

Por Redacción Economía.

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar