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Senado aprobó desmonte de los parafiscales

De la tarifa aprobada 2.2 puntos se destinarán al ICBF, 1.4 al SENA, 4.4 a salud y el punto adicional para la educación pública.

El Espectador
17 de diciembre de 2012 - 11:36 p. m.
Senado aprobó desmonte de los parafiscales

El Senado aprobó el  artículo dentro del debate de la reforma tributaria que crea el Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE) que entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2013, con el cual se desmontan los parafiscales y se establecen nuevos recursos para el Sena, el ICBF y la salud.

Explica la norma que el CREE se crea en beneficio de los trabajadores, la generación de empleo, y la inversión social en los términos previstos en la presente ley.

Son sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta para la Equidad las sociedades y entidades extranjeras contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta por sus ingresos de fuente nacional obtenidos mediante sucursales y establecimientos permanentes.

La tarifa del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE) será de 9%. De esta tarifa 2.2 puntos se destinarán al ICBF, 1.4 puntos al SENA y 4.4 puntos al Sistema de Seguridad Social en Salud. Un punto se destinará a fortalecer el presupuesto para la universidad pública. El senador, Mauricio Lizcano protestó la aprobación del incremento del CREE del 8% al 9%, que es lo mismo que elevar el impuesto de renta del 33% al 34%.

Los estudiantes del Sena, las madres comunitarias del ICBF pueden dormir tranquilos que nosotros lo que vamos a asegurar es que para estos sectores haya todos los recursos necesarios para su crecimiento” dijo el ministro de Hacienda.

Reiteró que el ICBF y el Sena no tienen que temer “porque les estamos dando plena garantía de que van a contar con los recursos que estaban presupuestados para el próximo año y de ahí en adelante seguirán creciendo esos recursos”.

El Impuesto sobre la Renta para la Equidad fue aprobado tras la votación de un paquete de cinco artículos que contemplan la creación del CREE. Esos artículos son el 21, 22, 23, 24 y 25. Todos fueron aprobados y votados uno a uno.

Luego fue avalado el artículo 26 sobre la exoneración de aportes. Dice la norma que a partir del momento en que el Gobierno Nacional implemente el sistema de retenciones en la fuente para el recaudo del Impuesto sobre la Renta para la Equidad - CREE, y en todo caso antes del 1º de julio de 2013, estarán exoneradas del pago de los aportes parafiscales a favor del SENA, y del ICBF, las sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios, correspondientes a los trabajadores que devenguen, individualmente considerados, hasta diez salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Fue aprobado que el IVA para los planes de medicina prepagada y complementarios, las pólizas de seguros de cirugía y hospitalización, pólizas de seguros de servicios de salud y en general lo s planes adicionales, conforme con las normas vigentes, será del 5%.

En Senado resta aprobar cerca de 40 artículos más los nuevos presentados y las reaperturas. El ministro de Hacienda, anunció que para este martes espera solicitar la reapertura de los artículos 24 y 25. El primero tiene que ver con la tarifa del Impuesto sobre la Renta para la Equidad que el Gobierno había propuesto fuera de 8% y al final los senadores aprobaron 9% con un punto adicional para las universidades públicas. Los analistas consideran que se le metió un golazo al ministro de Hacienda con esta aprobación.

El artículo 25 en una de sus partes dice que del 8% del CREE, 2.2 puntos se destinarán al ICBF, 1.4 puntos al SENA y 4.4 puntos al Sistema de Seguridad Social en Salud. Así va a pedir el ministro de Hacienda que sea aprobado.

Cámara no trasnocha

En Cámara que levantó la sesión más temprano, en concordancia con lo anunciado por el presidente de la corporación, Augusto Posada, de sesionar hasta las 11 de la noche, fueron aprobados 124 artículos. Fueron avalados, entre otros fueron aprobados el artículo 44 sobre la retención en la fuente en el impuesto sobre las ventas, el 46 sobre el IVA causado en la venta de tabaco en rama o sin elaborar y desperdicios de tabaco identificados con la nomenclatura arancelaria andina 24.01, se generará cuando estos sean vendidos a la industria tabacalera por parte de productores pertenecientes al régimen común. El IVA generado de acuerdo con el inciso anterior será retenido en el 100% por la empresa tabacalera y el artículo 57 sobre impuestos descontables.

También aprobó el artículo 16 que contempla deducciones que se restarán de la base de retención. En el caso de trabajadores que tengan derecho a la deducción por intereses o corrección monetaria en virtud de préstamos para adquisición de vivienda, la base de retención se disminuirá proporcionalmente en la forma que indique el reglamento.

Este martes las plenarias de Senado y Cámara sesionaran desde las nueve de la mañana y en el transcurso del día esperan evacuar el resto del articulado pendiente, para dedicar el miércoles a la conciliación y evitar alargar las sesiones extraordinarias.

Por El Espectador

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