Firmes contra la amenaza nicaragüense

Colombia enfrenta la amenaza más grande contra sus derechos marítimos. La de Nicaragua es una demanda ilegítima, ilegal y desproporcionada.

Giovanni Vega-Barbosa*
12 de febrero de 2019 - 12:23 p. m.
 El Gobierno de Colombia presentó este lunes ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) su defensa en el litigio con Nicaragua por la delimitación de la plataforma continental. / EFE
El Gobierno de Colombia presentó este lunes ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) su defensa en el litigio con Nicaragua por la delimitación de la plataforma continental. / EFE

El 16 de septiembre de 2013, Nicaragua demandó por segunda vez a Colombia ante la Corte Internacional de Justicia. Su objetivo fue reiterar una demanda que ya había presentado y perdido en el año 2010: que se le otorguen derechos marítimos más allá de las 200 millas náuticas y dentro de la plataforma continental colombiana.

El lunes 11 de enero, Colombia presentó el último escrito de defensa frente a esa demanda. Aquí una reflexión sobre los retos jurídicos y políticos que plantea la reclamación nicaragüense.

Nicaragua no quedó satisfecha con los resultados del Fallo de 19 de noviembre de 2012. En ese fallo, la Corte le adjudicó a Nicaragua aguas del Mar Caribe Occidental que, en el imaginario colectivo de la mayoría de los colombianos, nos pertenecían al menos desde 1928.

Ver más: Las dos contrademandas contra Nicaragua que la CIJ aceptó

Pero entonces ¿por qué no quedó satisfecha Nicaragua? Una de las razones que pueden esgrimirse es que, contrario a lo que muchos han señalado, Colombia no perdió con Nicaragua en el año 2012. La que perdió fue Nicaragua. En efecto, con base en la geografía relevante, a Nicaragua le correspondían derechos marítimos en una proporción de 8 a 1 frente a Colombia.

Así lo señaló la Corte al inicio de su fallo de 2012. Sin embargo, producto de una defensa jurídica ejemplar dirigida por el Ex Canciller Julio Londoño y su equipo de trabajo, a Nicaragua solo se le adjudicaron derechos marítimos en una proporción de 3 a 1. Este resultado fue controversial y la misma Nicaragua, incluso antes que Colombia, consideró que la Corte se había equivocado.

Para llegar a esta decisión, la Corte debió acoger un argumento colombiano que todavía se aplaude en las mejores facultades de derecho del mundo pero que pasa desapercibido en las colombianas: que Quitasueño 32, considerado por Nicaragua como un coral irrelevante, era en realidad una isla con derecho a 12 millas náuticas cuadradas de derechos marítimos.

Este es un triunfo de la diplomacia e hidrografía colombiana que, insisto, pasa injustamente desapercibido en nuestro estudio del derecho del mar. Además de esto, la Corte reconoció que Colombia tenía soberanía sobre todas las islas del archipiélago y rechazó la pretensión de Nicaragua para que se le reconociera una plataforma continental de más de 200 millas náuticas. ¿Ganó Nicaragua?

Ver más: El gravísimo error de Colombia en La Haya

Buscando recuperar algo de lo que la Corte le negó en el año 2012, Nicaragua reclama nuevamente derechos sobre la plataforma continental más allá de las 200 millas naúticas y de cara a la plataforma continental generada desde Cartagena. Nicaragua quiere apoderarse del lecho marino para tener control sobre la exploración y explotación de hidrocarburos en esa zona. El reclamo es nocivo porque involucra la Reserva de Biosfera Sea Flower, en donde de forma unilateral el Estado colombiano ha decidido prohibir ese tipo de actividad extractiva.

Lo que el equipo colombiano enfrenta en la actualidad es el reclamo marítimo más peligroso de su historia. Esta vez Nicaragua busca apoderarse de derechos marítimos colombianos sin discusión. Bajo el derecho del mar, los Estados con salientes costeros tienen como mínimo 200 millas náuticas de derechos jurisdiccionales y soberanos para la protección del medio ambiente marino y los recursos vivos de la pared de agua.

Según lo he relatado en notas previas en El Espectador, el argumento del equipo colombiano es el correcto: la pretensión nicaragüense no tiene sustento en el derecho y debe ser rechazada. En efecto, Nicaragua nunca ha probado y sigue sin probar que tiene derechos en las áreas que ahora reclama. Así de simple, Nicaragua no ha probado que tiene los derechos que reclama.

Pero si esto es tan claro ¿por qué es tan grave la amenaza?

Porque el diferendo entre Nicaragua y Colombia es sin lugar a dudas el caso más llamativo del derecho del mar contemporáneo. Es posible presumir entonces que la Corte tiene un interés muy grande en este caso. Entre otras cuestiones, la actual disputa le permitiría a la Corte resolver por primera vez un caso de delimitación entre un Estado parte y un Estado no parte de la CONVEMAR. También se trata del primer caso sobre plataforma continental extendida entre Estados con costas opuestas.

Con especial interés para Japón y China, ambos con jueces en la Corte, Nicaragua (China) alega derechos con base en una supuesta prolongación geológica, mientras que Colombia (Japón) alega que esos supuestos derechos no la pueden despojar de sus derechos básicos en las 200 millas náuticas. Ante esta situación, el equipo colombiano debe lidiar con intereses de carácter político que muy posiblemente permearán el análisis jurídico frente a la viabilidad del reclamo nicaragüense (ver nota previa aquí).

Según lo informó la Cancillería en su comunicado de prensa del 11 de febrero de 2019, el contenido de la defensa solo será pública en la fase de argumentos orales. Hasta ese momento, solo nos resta confiar y presumir el buen trabajo de la actual delegación. Según se señaló, la defensa deberá abordar los aspectos jurídicos de la controversia, pero, además, en el marco de las posibilidades, aquellos aspectos políticos que la hacen altamente peligrosa e impredecible. 

* Experto en derecho internacional 

Por Giovanni Vega-Barbosa*

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