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¿Inaplicabilidad del fallo?

Aunque el gobierno colombiano ya dejó claro que no ha tomado una decisión frente a los pasos a seguir en este proceso, ha abierto la puerta a todo tipo de especulaciones frente a opciones que pondrían en riesgo sus intereses en el mundo.

Mauricio Jaramillo Jassir
19 de agosto de 2013 - 09:00 p. m.
La canciller María Ángela Holguín dijo que el Gobierno obra con sigilo para evitar que Nicaragua se entere de su estrategia.  / David Campuzano
La canciller María Ángela Holguín dijo que el Gobierno obra con sigilo para evitar que Nicaragua se entere de su estrategia. / David Campuzano
Foto: DAVID CAMPUZANO

Después de la reunión con la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores, el Gobierno abrió la puerta a todo tipo de especulaciones respecto de su postura frente al polémico fallo de La Haya. Según la información que habrían conocido algunos medios, en particular CM&, el Gobierno estaría buscando alegar la inaplicabilidad de la sentencia y, por ende, la alternativa consistiría en un acercamiento directo con Managua.

No obstante, aunque políticamente parezca viable, aquello desconoce la realidad legal internacional y los compromisos contraídos por Colombia previamente. En consecuencia, esa postura no sólo tendría muy poca efectividad para el propósito planteado, sino que haría mella en los intereses estratégicos internos e internacionales de Colombia.

En las últimas semanas se han enviado señales equivocadas de las supuestas posibilidades que habría frente al fallo. Aunque propuestas con buena intención, carecen de viabilidad. La cara más visible de la Comisión Segunda del Senado para el tema de Nicaragua, Alexandra Moreno Piraquive, lidera iniciativas que han terminado por confundir a la opinión pública, y algunas de ellas incluso pueden poner en riesgo años de diplomacia que derivaron en una proyección, hoy palpable.

Por ejemplo, la senadora propuso citar al embajador de la República Popular de China a la Comisión Segunda para que aclare sobre el tan citado asunto del canal interoceánico. Tal propuesta desconoce principios elementales de las relaciones entre estados. Afortunadamente, sus declaraciones no tuvieron eco y su recomendación pasó al olvido. Seguidamente, la congresista hizo pública la intención de que el Estado interponga ante la Corte el recurso de interpretación o el de revisión, postura que, como la anterior, va en contravía de lo expresado por los expertos en derecho internacional. Una vez más, vale la pena recordar: no ha habido hecho nuevo que amerite la revisión, ni existe una controversia sobre la forma para aplicar el fallo. La única polémica reside en el fondo del mismo. Desde Colombia no se disiente sobre la manera en que se deba ejecutar, sino que se critica el fallo en su totalidad.

Aun así se insiste ante los colombianos en que el Gobierno dispone de tales recursos que podrían alterar de alguna forma la decisión de la CIJ. Error inexcusable de quien ejerce como congresista en una comisión encargada de aportar luces, no de crear confusión, como ha sucedido hasta la fecha.

Por ello no sorprende que Colombia estudie la posibilidad de declarar la inaplicabilidad del fallo para alterar por la vía de la negociación directa la aplicación del mismo. Pero se trataría de una decisión equivocada. Sin embargo, el Gobierno parte de tres supuestos que no resisten el menor análisis, pero que serán esgrimidos como argumentos irrefutables. Primero, que la situación de pobreza y rezago de San Andrés y Providencia serían responsabilidad del fallo y de la CIJ, y para garantizar la supervivencia de los pobladores del archipiélago resultaría indispensable ignorarlo. Colombia olvida que actualmente, sin haber aplicado el fallo, San Andrés tiene una de las más bajas coberturas en educación básica del Caribe y que en educación media se encuentra por debajo del primero regional. Por cada 1.000 niños que nacen, mueren 16, lo que la ubica encima del promedio nacional. ¿Es esta situación achacable a la decisión de la CIJ?

Segundo, se dice que Colombia dispone de tiempo para pensar en la mejor vía para aplicar el fallo. No es cierto: una vez conocido es de obligatorio cumplimiento y, en consecuencia, no caben consideraciones sobre terceros estados supuestamente afectados por la decisión. Difícilmente se puede justificar desde una política pública la consulta con semejante gama de abogados cuando existe un consenso tan claro sobre el carácter inapelable y de inmediato cumplimiento del fallo.

Por último, se ha tratado de denunciar los ánimos expansionistas de Nicaragua. Es innegable que quien gobierna allí lo hace sin la menor consideración por el Estado de derecho, circunstancia comprobable por la forma en que Daniel Ortega accedió a la Presidencia cuando, aliado con un rival político, Arnoldo Alemán, propuso la reforma de la Corte Suprema de Justicia para favorecer su reelección.

Lo que sí merece un análisis más detallado es que dicho Estado tenga una voluntad expansionista, simplemente por acudir a instancias internacionales o por las recientes provocaciones frente a Colombia. El territorio nicaragüense tiene aproximadamente 130.000 km² y su población apenas llega a los 6 millones de habitantes. Cualquier Estado en esa condición haría algo similar. La respuesta de quienes lo rodean debe estar inscrita en el derecho internacional.

En la región, la nación con ánimos expansivos ha sido Estados Unidos, cuya anexión de territorio mexicano en el siglo XIX y su permanencia militar en Guantánamo, que le pertenece a Cuba, así lo testimonian. Por la correlación de fuerzas entre Colombia y Nicaragua (a favor del primero), por el entorno regional e internacional (que no avalaría anexiones en las Américas) y por la propia decisión de la CIJ que fijó la frontera, es inapropiado pensar en una voluntad expansionista de parte de Nicaragua, así se repita hasta la saciedad. Estas afirmaciones sólo responden a una lógica demagógica riesgosa para los intereses de Colombia en el mundo, y para los habitantes del archipiélago.

Por Mauricio Jaramillo Jassir

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