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¿Cómo acordar la cuota de alimentos de mi hijo?

Esta es la pregunta más común en esta plataforma creada por el Ministerio para resolver dudas judiciales de los colombianos.

Redacción judicial
03 de febrero de 2016 - 05:22 p. m.

 

“LegalApp es el nombre de la nueva herramienta electrónica en la que con tan sólo un clic se podrá encontrar información sobre qué hacer, cómo hacerlo y a qué autoridad acudir para adelantar trámites ante la justicia. En ella ya están disponibles 20.000 entidades y dependencias del sector justicia cuya dirección, teléfono, e-mail y mapa de ubicación pueden ser encontrados a través de una búsqueda simple en el portal”. Con estas palabras, el ministro de Justicia, Yesid Reyes, dio a conocer LegalApp, que lleva ya casi un año de servicio.

Son varias las preguntas que le hacen los colombianos a esta plataforma; sin embargo, la más común es “¿Qué debo hacer si quiero acordar o fijar la cuota de alimentos de mi hijo?”. Primero hay que decir que la cuota alimentaria incluye todo lo que el niño necesita para su sustento diario, vivienda, vestido, educación, atención médica y recreación. “La fijación de la cuota alimentaria se hará de acuerdo a los ingresos del padre o madre obligada, y puede ir hasta el 50% de los mismos”.

Si quiere que se fije, aumente o disminuya la cuota alimentaria respecto de los niños, niñas o adolescentes, el Ministerio “recomienda intentar un acuerdo entre las partes, generalmente el padre y la madre”. Este acuerdo, dice la entidad, podrá intentarse directamente entre las partes o iniciando un trámite de conciliación, el cual se puede solicitar ante el comisario de familia, el defensor de familia, Centro de Conciliación, notaría, conciliador en equidad y Defensoría del Pueblo.

A falta de las anteriores autoridades en su municipio, podrá acudir a la Personería Municipal. Esta solicitud podrá hacerla de forma verbal o escrita”. El trámite es, en teoría, gratis; no obstante, de acudir a una notaría o a un centro de atención particular, puede que este le cobre por sus servicios.

Cuando no se llega a acuerdo entre las partes o cuando el padre o la madre que debe pagar la cuota alimentaria no asisten a la audiencia, el defensor y el comisario de familia pueden fijar la cuota de alimentos y otros aspectos relacionados, como la custodia y las visitas”. Si no hay acuerdo, se puede acudir a un juez. Pero, de nuevo, este proceso es viable siempre que se haya intentado, antes, llegar a un acuerdo.

Si el padre o la madre no ha cumplido con la cuota alimentaria fijada, es posible instaurar un proceso ejecutivo de alimentos, en el cual se embargarán los bienes y salarios del deudor y obligándolo a prestar garantías que aseguren en lo sucesivo el pago de las cuotas.

Si quiere presentar una demanda por alimentos, es posible acudir ante el Defensor o Comisario de Familia, “quien lo asesorará y podrá elaborar y presentar la demanda de alimentos ante el juzgado de familia, o ante el juez civil o promiscuo municipal, si en el municipio no hay juez de familia”. La ley advierte que cuando se incumple con la cuota fijada o con la obligación de dar alimentos sin causa justificada, puede cometerse el delito de inasistencia alimentaria.

 

Por Redacción judicial

 

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