“ANI no siguió mis recomendaciones”: fiscal Martínez

El expresidente de la ANI, Luis Fernando Andrade asegura que el fiscal Néstor Humberto Martínez estaría incurriendo en un posible conflicto de intereses. Por su parte, el jefe del ente acusador dice que esto no es verdad.

Redacción Judicial
03 de septiembre de 2018 - 01:08 p. m.
Nueva disputa entre el fiscal Néstor Humberto Martínez y el expresidente de la ANI, Luis Fernando Andrade. / Archivo El Espectador.
Nueva disputa entre el fiscal Néstor Humberto Martínez y el expresidente de la ANI, Luis Fernando Andrade. / Archivo El Espectador.

Luego de que el pasado viernes el fiscal Néstor Humberto Martínez diera varias declaraciones en la que señalaba que en el concepto que emitió como abogado particular sobre la adición del otrosí Ocaña- Gamarra al contrato de la Ruta del Sol II no se podía hacer por contratación directa, el expresidente de la ANI, Luis Fernando Andrade afirmó a través de su cuenta de Twitter que la entidad siguió los conceptos entregados por Martínez en su momento, los cuales eran favorables.   

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Asimismo, aclaró que en el concepto que entregó en 2012, como abogado particular,  “se dijo que la obra Ocaña- Gamarra debía salir a licitación que respetara “los principios de libre concurrencia y de igualdad entre los proponentes”.

“De esta manera, la única forma de satisfacer el interés de la Concesionaria Ruta del Sol S.A.S. de ser el constructor de Ocaña- Gamarra, era que se modificara el contrato original. Eso fue lo que dispuso la ANI a pesar de que mi escrito no lo recomendaba”, agregó Martínez.

También, el Fiscal General afirmó que en esa evaluación que emitió sobre ese otrosí para hacer viable la vía Ocaña - Gamarra se señalaba literalmente: “no se requiere de la modificación del contrato sino del cumplimiento previsto en la sección 13.01”, es decir sacar a licitación la obra, lo que, según Martínez, no se acogió.

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Finalmente, aclaró que por tal concepto, la Corte Suprema de Justicia le dio la razón sobre un impedimento presentado por el jefe del ente acusador por lo cual no puede intervenir judicialmente en este asunto.

Por Redacción Judicial

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