Apartar a magistrada Lombana de procesos contra Uribe fue "razonable": Consejo de Estado

La magistrada Cristina Lombana había presentado una tutela ante el Consejo de Estado porque consideraba que la decisión de apartarla de estos casos vulneraba sus derechos. En primera instancia se la negaron y en segunda instancia, el alto tribunal volvió negar sus pretensiones.

Redacción Judicial
10 de agosto de 2019 - 03:24 p. m.
La magistrada fue apartada de dos investigaciones en contra del expresidente Álvaro Uribe. / Ejército Nacional
La magistrada fue apartada de dos investigaciones en contra del expresidente Álvaro Uribe. / Ejército Nacional

La magistrada de la Corte Suprema Cristina Lombana, quien llegó a su cargo siendo militar activa, deberá permanecer apartada de las investigaciones que se adelantan en ese tribunal en contra del senador Álvaro Uribe. La Sección Cuarta del Consejo de Estado llegó a esa decisión tras estudiar, en segunda instancia, una tutela que presentó la magistrada en contra de sus compañeros de la Sala de Instrucción de la Corte, al considerar que cuando la apartaron de estos casos —como lo pedían otros involucrados en el proceso—vulneraron sus derechos.

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El Consejo de Estado ya había negado la tutela de Lombana, quien anunció en junio de este año que renunciará al Ejército. Además de reiterar lo dicho, el alto tribunal agregó que “resulta razonable que la Sala Especial de Instrucción hubiese concluido que el hecho de que la señora Cristina Eugenia Lombana Velásquez tuviera, al tiempo, la condición de militar en servicio activo y magistrada de la Corte Suprema de Justicia generaba una duda razonable sobre la falta de imparcialidad”.

La tutela de Lombana aseguraba, sin embargo, que esa condición no era una de las causales de “recusación” que fue el mecanismo por el que la apartaron de los procesos de Uribe. Esas causales están en la ley y se deben aplicar de manera taxativa (es decir, explícita o literal). Sin embargo, el Consejo de Estado retomó una decisión de la Corte Constitucional que permite que los jueces pueden admitir recusaciones cuando expongan razones “suficientes y válidas”. Para el alto tribunal, los colegas de Lombana así lo hicieron.

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La magistrada insistía en que la decisión dañaba su derecho fundamental al buen nombre.  El Consejo de Estado se refirió también a esto y aclaró que, aunque las recusaciones se presentan cuando hay un manto de duda sobre la imparcialidad de un juez, “la prosperidad de esa recusación afecte, per se, el patrimonio moral o el buen nombre del funcionario”.

A renglón seguido, el alto tribunal precisó: “Tampoco puede significar que se desconozcan las calidades profesionales y personales del funcionario recusado ni que se afecte el concepto que los demás tienen con respecto a la persona recusada. Se trata simplemente de la aplicación de la garantía de imparcialidad prevista en favor de las partes del proceso judicial”.  

La polémica por esta decisión empezó en abril de este año cuando el senador Iván Cepeda la recusó en los procesos contra el senador Uribe que lo involucraban. Entre sus argumentos, Cepeda señaló que la magistrada sostuvo una relación subordinada con Uribe mientras fue presidente de la República y ella, oficial del Ejército. Indicó que era un hecho notorio que Lombana, incluso, buscó posesionarse en su uniforme castrense, y que, en vez de renunciar para llegar a la Corte Suprema, solicitó permiso para una comisión que le fue aceptado, y para Cepeda, mantenía su vínculo institucional con el Ejército.

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En respuesta a esta recusación, los magistrados de la Sala Especial de Instrucción apartaron a Lombana de todos los procesos de Uribe. "Unánimemente la Sala concluyó que su condición simultánea de miembro activo de la Fuerza Pública y funcionaria judicial, riñe con la preservación de las garantías de independencia, imparcialidad y juez natural señaladas en la Constitución Política", aseguró en su momento el presidente de esta instancia, magistrado Héctor Alarcón.

El reciente fallo del Consejo de Estado les da entonces la razón a los magistrados de la Sala de Instrucción que apartaron a Lombana de todos los procesos de Uribe. Esto, pues el alto tribunal coincidió en que esa doble condición de magistrada y militar ponía en peligro la separación de poderes y era, de hecho, ilegal, según la norma que regula los cargos de Rama Judicial (Ley 720 de 1996).

Mientras tanto, el magistrado César Reyes quedó a cargo, entonces, de la investigación por la presunta relación del expresidente Álvaro Uribe Vélez, cuando fue gobernador de Antioquia (entre 1995 y 1997), en el homicidio de Jesús María Valle Jaramillo, ocurrido el 27 de febrero de 1998;  la masacre de la Granja  y de San Roque, perpetradas en 1996, y la masacre del Aro, ocurrida en 1997.

Por Redacción Judicial

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