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Caso Colmenares: pruebas de la defensa sí son válidas

Tribunal de Bogotá le dijo a la Fiscalía que dejó pasar el tiempo para pedir que se anularan las evidencias presentadas por los abogados de Laura Moreno y Jessy Quintero.

Redacción Judicial
03 de marzo de 2016 - 12:48 a. m.

El año 2016 no podía seguir su curso sin que hubiera noticias del proceso de Luis Andrés Colmenares, el estudiante de la Universidad de Los Andes que murió en octubre de 2010 después de una fiesta de disfraces en el norte de Bogotá, sin que hasta ahora se sepa con claridad cómo o por qué. Y acaba de llegar la primera. Se trata de una decisión del Tribunal Superior de Bogotá, que rechazó la petición de la Fiscalía de anular todas las pruebas que del caso había presentado la defensa de Laura Moreno y Jessy Quintero en la etapa preparatoria del proceso.

Para lograr que se volvieran a practicar, la fiscal María Victoria Parra presentó una tutela en contra del Juzgado 11 Penal del Circuito de Bogotá el pasado 15 de febrero. En el recurso aseguró que se estaban violando los derechos al debido proceso, al acceso a la administración de justicia y a la doble instancia. Según Parra, las pruebas no habían sido practicadas por personas idóneas y, en consecuencia, sus resultados eran ilícitos.

En concreto, las pruebas que la Fiscalía solicitó rechazar fueron: informes periciales de patología forense, toxicología, radiología maxilofacial, morfología forense, mecánica de fluidos y análisis de factibilidad de arrastre (si el cuerpo fue arrastrado de un lugar a otro), antropología forense y telecomunicaciones. Aunque la fiscal Parra intentó primero que el Juzgado 11 Penal del Circuito invalidara las evidencias, la jueza del despacho no aceptó sus peticiones y fue entonces cuando la fiscal presentó la tutela ante el Tribunal de Bogotá.

El magistrado ponente, Alberto Poveda, expuso en su sentencia que la petición de la Fiscalía no podían ser tenidas en cuenta porque ya se había pasado el tiempo para que el ente investigador hiciera tal solicitud. Según el magistrado Poveda, la petición la ha debido hacer en 2013, en la misma etapa probatoria, la entones fiscal del caso, Martha Lucía Zamora (hoy presidenta de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura).

“La Fiscalía General de la Nación debió expresar en ese instante su inconformidad y no utilizar la tutela como si fuera una tercera instancia, cuando el problema a resolver ya fue zanjado en las etapas procesales”, dice el fallo del Tribunal Superior de Bogotá, que apoyó el magistrado Ramiro Riaño. El tercero que tuvo que ver en la decisión, Luis Fernando Ramírez, no estuvo de acuerdo y salvó el voto.

Para los magistrados del Tribunal de Bogotá, resulta “extraño” que la Fiscalía pretenda ahora excluir dichos peritajes, “cuando su antecesora prácticamente los avaló”. En su defensa la jueza que lleva el caso Colmenares, Paula Jiménez Monroy, le indicó al Tribunal Superior de Bogotá que la solicitud de la fiscal Parra se hizo únicamente con fines de dilatar el juicio oral. La funcionaria afirmó, además, que no era la primera vez que la Fiscalía hacía peticiones a través de tutelas para tratar de entorpecer el buen desarrollo y cumplimiento de las audiencias. La Fiscalía formuló la acusación contra Laura Moreno por homicidio y contra Jessy Quintero por falso testimonio y encubrimiento el 22 de mayo de 2012 y la primera audiencia se hizo dos años más tarde: el 1° de abril de 2014.

Por Redacción Judicial

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