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Código de Policía no aumenta el poder de la institución sino su compromiso: Mindefensa

Luis Carlos Villegas señaló que esa reforma busca optimizar los niveles de respuesta de las autoridades.

Redacción Judicial
17 de junio de 2016 - 02:17 p. m.
Código de Policía no aumenta el poder de la institución sino su compromiso: Mindefensa

Tras la aprobación del nuevo Código de Policía, en la plenaria de la Cámara de Representantes, el ministro de Defensa Luis Carlos Villegas señaló que con esta reforma la institución podrá enfrentar e interpretar mejor las amenazas a la seguridad ciudadana en temas cotidianos como: hurto callejero, microtráfico, ruido, etc. (Vea: Los puntos negros del nuevo Código de Policía)

El funcionario señaló que el código no busca darle ‘súper poderes’ a la Policía, sino que por el contrario le dará un "nuevo aire de responsabilidad cívica a los ciudadanos y nuevas herramientas a la institución para mejorar la seguridad".  (Lea: Aprueban Nuevo Código de Policía, ¿súperpoderes para la entidad?) 

Con esto la Policía aumenta sus compromisos y esperamos que la implementación cambie la cultura ciudadana. No solamente la fuerza policial, sino también los deberes de los ciudadanos frente a los derechos colectivos y frente al Estado”, dijo Villegas.

“Era necesaria su actualización, el código que nos regía se creó –hace más de 40 años– cuando aún no existía el celular, ni la tecnología que hoy día tenemos y que sin duda contribuye a incentivar la denuncia”, puntualizó.

La votación de conciliación del Nuevo Código de Policía y Convivencia será el próximo lunes, 20 de junio, entre las bancadas de Senado y Cámara. Posteriormente, pasará a sanción del presidente, Juan Manuel Santos.

El jueves, con 86 a favor y 3 en contra, la plenaria de la Cámara de Representantes, aprobó el Nuevo Código de Policía y Convivencia, que contempla mejorar la relación policía – ciudadano y optimizar los niveles de seguridad en el país, sin embargo hay quienes consideran que el remedio puede resultar peor que la enfermedad, pues varios de los artículos irían en contra de los derechos fundamentales de los colombianos.

Tal vez el punto más polémico que puede llevar a pensar en un desbordamiento de las actividades de la Policía es el que establece la posibilidad de que los uniformados puedan “penetrar” en los domicilios, sin una orden judicial, “cuando fuese de imperiosa necesidad”. La intención, de acuerdo al texto aprobado, es socorrer a alguien que de alguna manera pida auxilio y se encuentre en peligro dentro de una residencia. Y aunque se establece que los policías que lo realicen deberán rendir de inmediato un informe a su superior, con copia al propietario del inmueble, donde conste la razón por la cual se realizó el operativo, ello no es garantía de una eventual extralimitación de sus funciones.

Otro tema controversial está relacionado con las medidas para reglar el “uso de la fuerza” por parte de la Policía. Aunque se aprobó que este sea el medio “material, necesario, proporcional y racional” empleado por los uniformados como último recurso físico para proteger la vida e integridad física de las personas, no es claro hasta dónde pueden llegar. La ley apenas habla de la posibilidad de los policías de “escoger” el uso de la fuerza que cause menor daño a la integridad de las personas y de sus bienes.

Otros puntos claves del Nuevo Código de Policía

Este manual permite enfrentar con rapidez y precisión, el robo de celulares, la invasión de espacio público, a quienes botan basura, hacen grafitis en sitios no autorizados o le dan mal uso a la Línea 123.

De igual manera aprueba la intervención en casos de mascotas ruidosas o de música a todo volumen en un vecindario, conjunto o edificio. En casos de fiestas ruidosas, el actual Código autoriza la desactivación de equipos de sonido o parlantes que generan altos niveles de ruido y que interrumpen la tranquilidad de un vecindario.

Los invasores de terrenos, distribuidores de licores adulterados o quienes participen en actividades de minería criminal, serán combatidos con mayor eficacia, legal y jurídica.

En materia de protección de mascotas y/o animales se podrá corregir o sancionar a los dueños que incumplan normas de convivencia o tenencia de los mismos.
Habrá multas para quienes no recojan las necesidades que hacen sus mascotas en espacios o sitios públicos, inclusive, por pasearlas sin collar o bozal (en caso de razas peligrosas).

Multas / Sanciones económicas

Estas sanciones incluidas en el nuevo Código de Policía y Convivencia son producto de distintos análisis sociales y económicos de nuestro país. Tendrá que pagar $91.927 la persona que ingrese, o que intente ingresar a un niño o menor de edad a un evento en el que la vida o integridad –física y moral – del mismo pueda estar en riesgo.

En el anterior caso se deben atender las restricciones establecidas por la Policía sobre cuál es la edad mínima para el ingreso de menores a un evento.
Los conductores que no respeten señales de tránsito o que realicen maniobras peligrosas o de alto riesgo, también serán multados con cuatro salarios mínimos diarios, es decir, $91.927 pesos.

Habrá multas de $183.854 (8 salarios mínimos diarios) para quienes compren, alquilen o usen celulares reportados por robo, pérdida o que tengan el número de identificación físico reprogramado, remarcado o borrado.  

Habrá multas de $367.709 (16 salarios mínimos diarios) a quien destruya, manipule, altere o fuerce las puertas o sistemas de acceso en un sistema de transporte masivo (estaciones, buses articulados, metro, tranvía, vehículo férreo, cable aéreo) o vehículos de servicio público o urbano de pasajeros.
Impedir el uso y funcionamiento normal de los sistemas de transporte mencionados anteriormente, salvo momentos de emergencia, también implica multas.

El Código de Policía contempla sanciones de $735.418 (32 salarios mínimos diarios) para las siguientes conductas:

  • Botar basura en la calle.
  • Irrespetar o retar a la autoridad policial.
  • Incumplir, desobedecer o interrumpir la labor de un policía. 
  • Resistirse a la aplicación de una medida o norma.
  •  Agredir de cualquier manera o lanzar objetos o sustancias a un uniformado.
  • Utilizar de manera ilegal la línea telefónica de seguridad y emergencia 123.
     

Por Redacción Judicial

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