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Condenan a la Fiscalía por detener a un exparamilitar desmovilizado

El ente investigador pidió cárcel preventiva para el hombre mientras lo procesaba porque, supuestamente, intentó reconformar una organización criminal. La justicia lo absolvió, pero tras pasar dos años y tres meses tras las rejas, demandó al Estado. Y ganó.

30 de julio de 2020 - 01:00 p. m.
El Tribunal Administrativo del Cesar reprochó que la Fiscalía no hubiera siquiera logrado desvirtuar la presunción de inocencia del hombre.
El Tribunal Administrativo del Cesar reprochó que la Fiscalía no hubiera siquiera logrado desvirtuar la presunción de inocencia del hombre.
Foto: Óscar Pérez

Víctor Euclides Gómez, reinsertado de las autodefensas, estaba en su casa en Pueblo Bello (Cesar) el 5 de agosto de 2009 cuando lo abordaron cuatro agentes de la Policía. Le pidieron que los acompañara al Palacio Municipal porque estaba citado y así lo hizo. Una vez en el lugar, le dijeron que quedaba capturado por intentar reconformar una banda criminal con otros desmovilizados y lo enviaron a la cárcel. La justicia lo encontró inocente más de dos años después, pero él demandó a la Fiscalía por privarlo injustamente de su libertad y, en un reciente fallo, además de darle la razón, el Tribunal Administrativo del Cesar ordenó repararlo por el daño.

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El caso, dice el abogado Javier Villegas Posada, que representó a Gómez en todo el proceso, “es un claro falso positivo judicial”. Según se pudo probar en el expediente, en 2007 la Décima Brigada Blindada del Ejército le informó a la Policía de “una reunión adelantada en el Corregimiento de Chimila, jurisdicción del Municipio de El Copey, en donde varias personas se reunieron al parecer, para conformar grupos ilegales dentro de las cuales se vincularían personas desmovilizadas de las autodefensas”. El CTI, el (hoy extinto) DAS y la SIJIN se pusieron manos a la obra y uno de los nombres que surgió como posibles presentes en la reunión fue el de Víctor Euclides Gómez.

En 2010, con esa información de inteligencia, la Fiscalía llamó a juicio a Gómez. No obstante, el ente investigador no pudo demostrar que, en efecto, el hombre hubiera persistido en su supuesta intención de conformar un grupo ilegal. Es decir, no había pruebas de que lo que se habló en la reunión se hubiera materializado. Por ende, un juzgado penal especializado de Valledupar lo absolvió en 2011 porque “era deber de la Fiscalía acusadora recaudar y verificar todo medio de prueba que demostrara la permanencia de los aquí procesados al interior de la precitada organización ilegal” y porque hubo testigos falsos.

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Según explicó el juez que absolvió al exparamilitar, los testigos que la Fiscalía había presentado como pruebas “manifestaron que sus versiones y sindicaciones en contra de los procesados (como Gómez) y otras personas más, fueron sugeridas por el funcionario de la Policía Judicial de la SIJIN conocido como el teniente Preciado”. Así las cosas, al no existir certeza del supuesto regreso de Gómez al crimen, como en cambio sí existían de que hubo testigos falsos, la justicia lo absolvió y ordenó dejar al hombre en libertad, después de haber pasado dos años y tres meses en la cárcel.

Gómez se asesoró de nuevo con abogado y demandó a la Fiscalía. En todo el proceso, como es costumbre en este tipo de demandas, el ente investigador se opuso y se mantuvo firme en que, aunque fueron vencidos en juicio, actuaron legalmente. No obstante, el juzgado cuarto administrativo de Valledupar le dio la razón a Gómez y le ordenó a la entidad repararlo a él y a su familia por el daño causado. Tanto la Fiscalía como Gómez apelaron y el caso subió al Tribunal Administrativo del Cesar, que, una vez más, se puso del lado del reinsertado.

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El Tribunal sustentó así la condena a la Fiscalía: “En tanto que el proceso penal terminó con la absolución de responsabilidad, y, debido a que el Estado —como en efecto lo hizo en este proceso— no logró desvirtuar la presunción de inocencia del señor Víctor Euclides Tovar Gómez, como responsable del delito imputado, la detención preventiva que debió soportar resulta abiertamente injusta, de suerte que el sacrificio del derecho a la libertad no se vio compensado con la satisfacción general del anhelo de justicia, y conocimiento de la verdad material frente a los hechos investigados”.

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