Condenan al ISS por muerte de paciente que esperó por un año trasplante de hígado

El Consejo de Estado determinó que se incumplió un fallo de tutela que ordenaba incluir al hombre en la lista de espera.

El Espectador
19 de marzo de 2014 - 04:29 p. m.

La Sección Tercera del Consejo de Estado condenó al Instituto de Seguros Sociales (ISS) por la muerte de un paciente que estuvo esperando por más de un año que fuera incluido en la lista para un trasplante de hígado.

El alto tribunal consideró que debido a la negligencia y a la omisión de las directivas, el hombre perdió la oportunidad de estar en dicha lista pese a que existía una orden judicial.

Después de una ardua batalla jurídica y contra su enfermedad –cirrosis hepática- el hombre falleció en el año 2002 en Cali esperando recibir el trasplante, el cual era su única “opción terapéutica”.

En febrero de 2001, la Fundación Clínica Valle del Lilí le informó al coordinador de autorizaciones del ISS Seccional Valle que el paciente requería con urgencia del trasplante por lo que solicitó una autorización para realizar la cirugía cuando apareciera un donante compatible.

Sin embargo, debido a que no obtuvo una respuesta, radicó una tutela con el fin de que el Seguro Social autorizara la cirugía. El Juzgado Cuarto Penal de Cali le dio 48 horas a la Institución para que adelantara las gestiones de la operación.

Según la Clínica Valle del Lilí, en abril de 2002 se ordenó el ingreso del paciente a la lista de espera para el trasplante, es decir, después de transcurrido más de un año desde que la autorización o permiso fue solicitado.

Sin embargo, el estado de salud del paciente comenzó a empeorar con diferentes complicaciones que impidieron la realización de la cirugía, sumado esto a que, cuando se presentó la oportunidad, los médicos debieron operar a otra señora que estaba primero en la lista. Finalmente la persona murió en agosto de 2002.

El alto tribunal determinó que el paciente perdió la oportunidad de haber sido incluido, oportunamente, en la lista de pacientes para trasplante hepático, esto es, desde el momento en que la Clínica Valle del Lilí pidió la autorización del Seguro Social para trasplantar.

“Es claro que, de haberse emitido tal permiso, quizá el paciente hubiera tenido la posibilidad de ser citado durante ese período (entre febrero de 2001 y abril de 2002) para posible trasplante y de ser trasplantado”, indica la sentencia.

La Sala concluye que, aunque no es posible afirmar que de haberse expedido oportunamente la autorización solicitada, el paciente habría sobrevivido, lo que sí es cierto es que el Instituto de Seguros Sociales incurrió en una falla por omisión en la prestación del servicio médico asistencial al desatender la solicitud de autorización para el trasplante.

“Recuérdese que, para que la intervención fuera posible, era necesario contar con la disponibilidad y compatibilidad del órgano requerido, pero también era necesario tener en cuenta que en la lista activa figuraban otras personas con la misma necesidad de trasplante y con mayor tiempo de espera en ella”, señala uno de los apartes de la decisión.

Por El Espectador

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar