Condenan a la Nación por omisiones para atender la ola invernal en el 2006

El Consejo de Estado determinó que se presentaron graves fallas para prevenir la emergencia.

Redacción Judicial
08 de agosto de 2017 - 04:08 p. m.
Foto de referencia / Archivo
Foto de referencia / Archivo

El Consejo de Estado condenó administrativamente la alcaldía de Cota (Cundinamarca) y la Corporación Autónoma Regional (CAR) por las falacias en las que incurrieron a la hora de atender la ola invernal que azotó a la región en el año 2006. Para el alto tribunal evidentemente se presentó una omisión de sus funciones a la hora de atender la grave situación.

En el debate jurídico la Sección Tercera consideró que en efecto no se crearon ni ejecutaron los protocolos exigidos para atender la emergencia. Además, y mucho más grave, no se adelantaron las acciones de de prevención lo que llevó a que muchas personas perdieran sus parcelas y viviendas por el invierno.

Pese a las múltiples advertencias de los diferentes organismos las autoridades locales no tomaron las medidas exigidas lo que generó una afectación para los pobladores que terminaron perdiendo sus viviendas y sus cosechas. 

“Es innegable la participación causal del Estado en la producción del mismo, por cuenta las fallas en la prestación del servicio en la que incurrieron la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca y el municipio de Cota”, señala uno de los apartes de la decisión.

En el análisis del caso el alto tribunal determinó que la inundación en la vereda Parcelas "sí era previsible y resistible a la administración”, rechazando así los argumentos de las entidades demandas que manifestaron que este tipo de fenómenos meteorológicos no podían ser previstos.

Por estos hechos se ordenó el pago de 175 millones de pesos a los propietarios de estos predios por los daños morales y materiales que sufrieron. Considera que está indemnización tiene relación con el hecho que estas personas se vieron gravemente afectadas en su vida diaria puesto que dependían de lo producido en sus fincas.

Por Redacción Judicial

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