Publicidad

Consejo de Estado aceptó estudiar demanda contra elección del Procurador General

En la acción jurídica se argumentan cuatro puntos principales.

El Espectador
25 de abril de 2013 - 06:37 a. m.

El Consejo de Estado aceptó estudiar la demanda interpuesta contra la elección de Alejandro Ordóñez Maldonado como procurador General de la Nación para su segundo periodo.

En la demanda, interpuesta por las organizaciones Dejusticia, la Comisión Colombiana de Juristas, el Centro de Estudios Constitucionales PLURAL, la Corporación Viva la Ciudadanía y Foro por Colombia, se argumentan cuatro puntos principales que indican que se presentaron irregularidades en el proceso de votación y posterior elección de Ordóñez como jefe del Ministerio Público.

Según se señaló, en el Senado de la República en la sesión celebrada el 27 de noviembre de 2012 no se aceptaron los argumentos presentados por un grupo de congresistas que manifestaron conflicto de intereses puesto que tenían familiares trabajando en la Procuraduría General.

Otro de los puntos fundamentales de la demanda indica que en el proceso de postulación por parte de la Sala Plena Corte Suprema Ordóñez Maldonado no contó "con la mayoría de votos válidos", señalando además que el actual Procurador no podía ser ternado por el alto tribunal pues existía un motivo de inhabilidad.

Y es que según la demanda con "la intervención" en la postulación para la terna "intervenían indirectamente en el nombramiento de sus familiares, esto, porque sus familiares ocupan cargos de libre nombramiento cuya designación y
remoción son potestad del Procurador Ordóñez".

En este punto, clave en la demanda, se indica que el Procurador General habría "usado su facultad" para el nombramiento de funcionarios para ubicar a familiares de un grupo de magistrados en puestos de libre nombramiento y remosión.

"(El Procurador General) ha usado su facultad de nombrar discrecionalmente a funcionarios para beneficiar en el acceso a cargos públicos a los familiares de las personas competentes que intervinieron en su designación", se precisa.

Por último se resalta que la votación para la elección no se podía llevar a cabo puesto que según se indica en el artículo 126 de la Constitución no se cumplió la figura de la terna puesto que el Senado solamente votó por dos candidatos.

En este caso se indicó que el mismo día de la elección se presentó la renuncia de la magistrada Maria Mercedes López, ternada por el presidente de la República, por lo que la sesión tenía que ser aplazada ya que no contaba con el total de los candidatos. 

Por El Espectador

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar