El Consejo de Estado admitió la demanda interpuesta en contra del acto administrativo por el cual se eligió como magistrado del Consejo Superior de la Judicatura a Francisco Javier Ricaurte.
En el recurso jurídico interpuesto por Rodrigo Uprimny y Paula Alejandra Rangel Garzón se indica que se debe anular el acto administrativo puesto que las personas que los togados que lo eligieron tenían un parentesco o relación profesional. (Ver Los nombramientos de Ricaurte)
En este sentido se indica que estos magistrados desconocieron la prohibición de nombrar en un cargo público a una persona que haya intervenido en su elección señalando que varios magistrados que lo eligieron habían sido designados previamente por él o con su participación cuando se desempeñó como magistrado de la Corte Suprema de Justicia.
“Si la Constitución prohíbe a un funcionario usar su poder de designación para nombrar a familiares de quien intervino en su propia elección, es obvio que, con mayor razón, le está prohibido nombrar a la persona que directamente intervino en su designación”, precisa uno de los apartes de la demanda.
Uno de los principales argumentos indican que al revisar los votos nulos de los magistrados que estaban impedidos para votar por Ricaurte se puede inferir que no se podía alcanzar la mayoría necesaria que exige la Constitución y el reglamento de la Corte Suprema para ser elegido.
La demanda será estudiada por la magistrada de la Sección Quinta del Consejo de Estado, Susana Buitrago de Valencia.
En contra de la elección del magistrado Ricaurte existe otra demanda interpuesta por parte de un grupo de periodistas.