Consejo de Estado anuló millonaria multa contra la Dimayor

El alto tribunal anuló un laudo arbitral que le obligaba al ente rector del fútbol colombiano pagar 24 mil millones de pesos a Telmex y Une.

Redacción Judicial
18 de noviembre de 2016 - 05:00 p. m.
Nuevo logo de la Dimayor.
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La Sección Tercera del Consejo de Estado anuló el laudo arbitral que le ordenaba a la División Mayor del Fútbol Colombiano (Dimayor) pagarle una multa cercana a los 24 mil millones de pesos a Telmex y Une por el incumplimiento en la celebración de un contrato para la trasmisión de los partidos del campeonato profesional de fútbol colombiano por parte de esas dos firmas.

En el debate jurídico el máximo tribunal de lo contencioso administrativo estableció que se presentó una falla por parte del tribunal de arbitramento de la Cámara de Comercio de Bogotá que dirimió este caso a favor de las dos empresas de televisión. En este sentido se consideró que se equivocaron al omitir su deber de elevar el caso a consulta prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina.

Por estos hechos el fallo que ordenó el pago de la multa ($17.643.747.686 por concepto de la pena pecuniaria; $5.553.022.587; por intereses moratorios y $787.200.000 por costas) fue anulada. Debido a esto se le envió nuevamente el caso a la Cámara de Comercio de Bogotá para que revise el caso y tome una decisión de fondo.

Se advierte en el fallo que si se convoca a un nuevo tribunal de arbitramento, debe someter el asunto al escrutinio de la mencionada autoridad de la Comunidad Andina de Naciones. El origen del caso hace referencia a la decisión de la Dimayor para ceder los derechos de transmisión a DirecTV.

Tanto Telmex como UNE consideraron que se había presentado un incumplimiento en el contrato. El tribunal de arbitramento concluyó que el ente rector del campeonato colombiano de fútbol incumplió sus deberes contractuales por no otorgarles a Telmex y UNE-EPM la opción preferente que había pactado con dichas empresas.

Para el Consejo de Estado debido a que el litigio se centra en la cesión de derechos de autor y patrimoniales, ese organismo debe examinar previamente si es necesario aplicar las reglas que impone la legislación colombiana alrededor de los derechos de autor o patrimoniales o las que ha trazado la comunidad andina para todos los Estados que la integran.

El fallo señala que “se enviará, por conducto de la Secretaría de la Sección, copia íntegra y auténtica del presente fallo a los árbitros que integraron el Tribunal de Arbitramento y al Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, sin otro particular. El Tribunal de Arbitramento que, eventualmente, se conforme para dirimir las presentes controversias deberá solicitar la interpretación prejudicial obligatoria”.

 

Por Redacción Judicial

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