Consejo de Estado deja en firme, por ahora, la licencia ambiental de Hidroituango

El alto tribunal tomó la decisión de no emitir medidas cautelares para suspender el permiso pues consideró que no hubo ninguna ilegalidad a la hora de entregarle la licencia a la hidroeléctrica. Todavía hace falta que el alto tribunal tome una decisión de fondo.

Redacción Judicial
01 de junio de 2018 - 11:18 p. m.
La licencia ambiental fue otorgada en enero de 2009. / Alcaldía de Medellín
La licencia ambiental fue otorgada en enero de 2009. / Alcaldía de Medellín

Como una medida desesperada para frenar la emergencia que hace más de un mes viven en al menos cinco municipios del bajo Cauca antioqueño, por la amenaza de avalancha en Hidroituango, representantes de 11 organizaciones civiles le pidieron al Consejo de Estado que anulara la licencia ambiental bajo la cual se ha construido el proyecto hidroeléctrico. Lo hicieron a través de una demanda de nulidad de la que el alto tribunal acaba de tomar la primera decisión: no otorgar medidas cautelares para la suspensión de la licencia.

(En contexto: Responsabilidades y dudas que deja la crisis de Hidroituango)

Los demandantes le explicaron al Consejo de Estado que la licencia debía suspenderse, por lo menos de manera provisional, pues consideraron que la megaobra estaba ocasionando el “desplazamiento de las comunidades que habitan en las zonas aledañas, la afección de sus derechos a la salud, trabajo, vivienda, acceso a fuentes de agua, salubridad y el probable rompimiento del equilibrio ambiental en la zona”, dice la demanda. El alto tribunal explicó en su fallo que todas las afectaciones se habían analizado a la hora de otorgar la licencia y que por eso las medidas cautelares no podían aplicarse.

El despacho advierte que si bien es cierto que con el proyecto se van a realizar obras que impactan las condiciones ambientales de la zona, también lo es que tal situación fue prevista no sólo en los términos de referencia para los proyectos hidroeléctricos, sino también en los estudios de impacto medio ambiental realizados para el proyecto en estudio, así como en las medidas de mitigación aprobadas en la misma licencia ambiental, circunstancias que de una primera lectura no evidencian un desconocimiento del ordenamiento jurídico vigente”, dice el documento.

(Lea también: "Hidroituango: así se sobrevive a la tragedia")

El pedido de auxilio de las organizaciones que presentaron la demanda es producto de la emergencia que se vive en las zonas aledañas a la mega obra hidroeléctrica. Según las cifras que reportan las autoridades, por lo menos cinco mil personas han sido evacuadas del territorio y, en total, son 120.000 los pobladores que estarían en riesgo si la represa de Hidroituango llegara a romperse. Para entender la dimensión del problema, ingenieros expertos en el tema han explicado que se trata de un proyecto de 225 metros de altura, 20 millones de metros cúbicos de volumen y un embalse de 70 kilómetros de longitud.

(Le puede interesar: La historia del proyecto Hidroituango)

Se calcula que la empresa a cargo de este proyecto, EPM, puede generar 2.400 megavatios de energía cada hora, de la cual depende gran parte de la población de Antioquia y Cauca. El problema que enfrentan ahora es producto del crecimiento del Río Cauca, cuya fuerza podría ocasionar el rompimiento de la gigantesca represa. Lo último que se supo de EPM es que se esperan nuevos deslizamientos si en la zona sigue lloviendo como en los últimos días. La empresa ya evacuó a más personal que estaba en territorio de riesgo y aseguró que sigue en alerta de nuevos movimientos de tierra. 

El Consejo de Estado, aunque asegura que es consciente de la emergencia, explicó que “la empresa ha tomado medidas exigidas por la autoridad ambiental, para que las comunidades afectadas obtengan alternativas de vivienda, económicas y de recomposición de sus relaciones sociales y culturales y para que la zona de influencia del proyecto no sufra un rompimiento del equilibrio ambiental”. Con en esta decisión en firme, el alto tribunal pasa ahora a revisar la demanda en su totalidad para tomar una decisión de fondo.

(Aquí puede leer el fallo completo)

Por Redacción Judicial

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar