Consejo de Estado ordena creación de otra comisión de expertos sobre el fracking

El alto tribunal le ordenó a la Universidad Nacional rendir un informe que responda dudas sobre la técnica, sus métodos, riesgos y posibles afectaciones al medio ambiente. El documento será usado en el estudio de una demanda en contra de las normas (actualmente suspendidas) que fijan los criterios para hacer fracking.

Redacción Judicial
07 de junio de 2019 - 05:16 p. m.
La demanda la presentó un ciudadano que asegura que el fracking afecta el medio ambiente, mientras que el Gobierno defiende la posibilidad de hacer proyectos pilotos al respecto. / Diego Cuevas-El Espectador
La demanda la presentó un ciudadano que asegura que el fracking afecta el medio ambiente, mientras que el Gobierno defiende la posibilidad de hacer proyectos pilotos al respecto. / Diego Cuevas-El Espectador

Hoy en día están suspendidos en el país el decreto 3004 de 2013 y la resolución 90341 de 2014 que fijaron los criterios y procedimientos para hacer fracking. La decisión la tomó el Consejo de Estado en noviembre de 2018 mientras estudia de fondo una demanda en contra de estas normas. Este viernes el alto tribunal ordenó a la Universidad Nacional crear una nueva comisión de expertos para que resuelva una serie de dudas que tiene esa corporación sobre el uso de esa técnica para la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales.

La determinación la tomó el magistrado ponente, Ramiro Pazos, más allá de que el Gobierno Nacional creó una comisión de expertos interdisciplinaria que en noviembre entregó un informe que, a grandes rasgos, señaló ocho recomendaciones previas que deberían cumplirse antes de iniciar con un Proyecto Piloto Investigativo (PPI) sobre el fracking. En la primera audiencia en este caso, el magistrado accedió a la petición de la Comisión para que sean escuchados los testimonios de tres de sus integrantes para que expliquen sus hallazgos. 

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¿Qué busca el Consejo de Estado con esta nueva comisión? Que la Universidad Nacional le responda en el término de tres meses elementos técnicos en aspectos claves sobre esta actividad que consiste en inyectar en el subsuelo agua mezclada con químicos para hacer fluir hidrocarburos de piedras compactas que se encuentran a kilómetros de profundidad. “El dictamen abarca todas las discusiones temáticas que han sido planteadas por las partes”, dijo Pazos.

Algunas de las preguntas que deberá responder la Universidad son: En caso de aceptarse que hay riesgos asociados al fracking, ¿tienen relación con la salud humana y el medio ambiente? ¿Los riesgos potenciales son previsibles? ¿Pueden ser mitigados y son reversibles? Si es así, teniendo en cuenta los avances científicos, ¿cuáles son los requerimientos, medios y mecanismos de seguimiento y control para lograr estos objetivos? ¿Se han materializado estos riesgos?

(En contexto: Consejo de Estado suspende normas que regulan el fracking)

"¿La técnica fracking es beneficiosa para los de intereses del país? Y en caso afirmativo, ¿cuáles serían esos beneficios a corto, mediano y largo plazo?  ¿Cómo es posible calcular los beneficios económicos que puede generar el fracking? ¿Cuáles son los impactos de la demanda generada por la aplicación el fracking sobre la economía local, los servicios públicos, las formas de vida social y aprovechamiento de los recursos naturales en zonas específicas? ¿Qué tipo de químicos se utilizan y cuál es el grado de toxicidad? ¿Cuáles son sus riesgos para la salud humana?”, agregó el magistrado.

Las dudas del alto tribunal también versan sobre si los químicos usados podrían afectar los recursos hídricos de las comunidades y los ecosistemas. Y si esas aguas residuales del proceso de fracking se pueden tratar para nuevos usos. “¿El fracking afectará los usos del suelo o el esquema de ordenamiento territorial de los municipios en donde se realizará?”, agregó Pazos. Las otras dudas tienen que ver con el impacto regional, el diálogo con la comunidad, la movilización de los hidrocarburos y el impacto nacional sobre la necesidad de usar fracking para cubrir las reservas, entre otros.

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En la primera audiencia sobre este proceso también entrevieron representantes del gobierno que le pidieron al Consejo de Estado que les deje cumplir con las recomendaciones previas que fijó la Comisión de Expertos antes de iniciar los proyectos de investigación, para poder avanzar en el análisis sobre los posibles riesgos. A esta petición se opusieron algunas de las personas que han apoyado la demanda que presentó Esteban Lagos con el argumento del principio de precaución, que es aquel que obliga a inclinar la balanza hacia el medio ambiente si no hay certeza absoluta de que alguna actividad no implica un daño irreversible. 

Por ahora, la Universidad Nacional deberá realizar este informe y queda pendiente que el Consejo de Estado resuelva un recurso que presentó el Gobierno en contra de la decisión de noviembre de 2018 de suspender los decretos que permitían el fracking. En esa ocasión se dijo por el alto tribunal: “Se concluye que, a la luz del principio de precaución, la autorización en Colombia de la técnica de estimulación hidráulica puede conllevar un daño potencial o riesgo al medio ambiente y a la salud humana, cuya gravedad e irreversibilidad se cimienta en la posible insuficiencia de las medidas adoptadas”.

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Por Redacción Judicial

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