Consejo de Estado suspende consulta minera en Une (Cundinamarca)

La magistrada Rocío Araújo Oñate accedió a las medidas cautelares solicitadas por varios operarios de una empresa que buscaba dejar sin efectos el fallo del Tribunal de Cundinamarca que declaró constitucional la pregunta prevista para la mencionada consulta.

Redacción Judicial
10 de noviembre de 2017 - 11:53 p. m.
Según la sentencia, este mecanismo de participación popular no fue diseñado para derogar tácita o expresamente leyes expedidas por el Congreso de la República. / Archivo particular.
Según la sentencia, este mecanismo de participación popular no fue diseñado para derogar tácita o expresamente leyes expedidas por el Congreso de la República. / Archivo particular.

El despacho de la magistrada del Consejo de Estado, Rocío Araújo Oñate, decretó la suspensión provisional de la consulta minera que iba a efectuarse el próximo domingo, 12 de noviembre, en el municipio de Une (Cundinamarca).

Lo hizo al acceder a las medidas cautelares que fueron solicitadas por varios operarios de una empresa minera, ayudados por la propia firma, en el curso de una acción de tutela que busca dejar sin efectos el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que declaró constitucional la pregunta prevista para la mencionada consulta.

Luego de que el ente territorial quiera establecer si los habitantes de la población están de acuerdo o no con la “ampliación de los plazos de explotación, renovación, de licencias y otorgamiento de nuevos títulos”, el despacho concluyó que esta contienda podría estar llamada a dejar sin efectos normas de alcance nacional, como aquellas que le permiten a los concesionarios mineros solicitar la prórroga de sus respectivos contratos.

Según la sentencia, este mecanismo de participación popular no fue diseñado para derogar tácita o expresamente leyes expedidas por el Congreso de la República, mucho menos los asuntos sometidos a reserva de ley, como aquellos relacionados con la explotación de recursos naturales no renovables.

Además, para el despacho de la consejera Araújo Oñate, el examen efectuado por el Tribunal, frente a la competencia o no del municipio para efectuar esta consulta, no tuvo en cuenta normas relacionadas con la distribución de competencias entre la Nación y los entes territoriales en materia económica.

Para el despacho el Tribunal tampoco aplicó, con criterio evaluativo, los precedentes de establecidos por la Corte Constitucional frente a la aplicación de los principios de concurrencia, subsidiaridad y coordinación que deben existir entre entes territoriales y la Nación en torno a la realización de actividades de extracción minera.

Tras arribar a estas conclusiones, la ponente encontró fundadas las razones para decretar la medida de suspensión provisional de todos los actos que posibilitaban la celebración de los comicios este domingo en Une (Cundinamarca).

Por Redacción Judicial

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