Consejo de Estado tiene la última palabra para revivir curules de Paz

El alto tribunal citó a una audiencia para el próximo lunes al presidente del Senado, Lidio García, para que presente su propuesta de revocatoria sobre el acto acusado, es decir el acto administrativo que hundió las curules de paz.

Redacción Judicial
29 de enero de 2020 - 05:22 p. m.
El Consejo de Estado tendrá que estudiar la anunciada revocatoria del acto administrativo que tumbó la curules de paz.  / Archivo El Espectador
El Consejo de Estado tendrá que estudiar la anunciada revocatoria del acto administrativo que tumbó la curules de paz. / Archivo El Espectador

El pronunciamiento de que se revocará el acto administrativo que hundió las curules de paz, realizado por el presidente del Senado, Lidio García, sorprendió frente a la línea que se venía manejando en las dos últimas presidencias de la cámara alta. Sin embargo, este procedimiento no será tan fácil como se pensaba en un primer momento, ya que la revocatoria tendrá que ser presentada ante la Sección Primera del Consejo de Estado, lugar donde está cursando la demanda del exministro Guillermo Rivera en contra del acto administrativo, para que el alto tribunal la estudie. 

Así lo advirtió el consejero de Estado Augusto Serrato Valdés a través de un auto interlocutorio. De acuerdo con el magistrado, en los alegatos presentados por el abogado Benjamín Bernal Arévalo, nuevo representante del Congreso en el proceso ante el Consejo de Estado, quedó consignado que “la presidencia del Senado de la República está considerando la posibilidad la revocatoria del acto como fórmula de solución” a la demanda presentada por el exministro Guillermo Rivera en contra del acto administrativo que hundió las 16 curules de paz por supuesta falta de quorum, promulgado en 2017 por el entonces presidente del Senado, Efraín Cepeda. Sin embargo, como ya hay una acción judicial en contra del acto, señaló el togado, este no se puede retirar de buenas a primeras. 

(Puede ver: Presidente de Senado revivirá las curules de la paz)

El consejero Serrato reconoció que, de acuerdo Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso (CPACA), el auto administrativo demandado puede retirarse antes de que se profiera sentencia de segunda instancia. No obstante, hizo la precisión de que esta debe ser aprobada por el Comité de Conciliación del Consejo de Estado. Esto quiere decir que el juez al frente del caso estudiará la oferta, para establecer si está ajustada al ordenamiento jurídico, y después se le dará a conocer al demándate, que es el que definirá si acepta o no la acción presentada.

En pocas palabras, según explicó el togado a este diario, “no puede haber una revocatoria directa de la persona que emitió la decisión (el Senado)”, debido a que el tema está siendo judicializado, por lo que, según el ordenamiento jurídico, el espacio para estudiar y retirar el acto administrativo es el “foro del proceso”, es decir, la Sección Primera del Consejo de Estado.

(Además: Procurador Fernando Carrillo pide a Lidio García tramitar circunscripciones de paz.)

Ahora, el procedimiento a seguir es que Lidio García, presidente del Senado, presente la propuesta de suspensión del acto administrativo ante el alto tribunal, la cual será evaluada este próximo lunes en una audiencia. Allí tendrá que precisarse los términos de la revocatoria. Después, será el juez y el demandante los que le den vía libre o no a la acción. 

El pronunciamiento del alto tribunal vuelve a poner en el limbo las 16 curules de paz, uno de los apartados que hacía parte fundamental de los Acuerdos de Paz de la Habana. El Senador García estudió la solicitud del procurador Fernando Carrillo y el movimiento Defendamos la Paz para revisar el acto administrativo que hundió las 16 circunscripciones para las víctimas del conflicto.

(Además: Expresidente de Senado defiende decisión que archivó curules de paz en 2017)

Tras consultar a los tres altos tribunales (Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado y Corte Constitucional), los magistrados le habrían indicado al presidente del Senado que “faltaría la voluntad política para revivir el proceso y poder revocar la decisión ya tomada del hundimiento y enviar a la Casa de Nariño el proyecto que deberá ser promulgado”. Las circunscripciones de paz estarían vivas, de acuerdo al concepto, ya que se habría cumplido con el quorum, teniendo en cuenta el número de curules con la figura de la silla vacía. Un concepto contrario al que se tuvo en 2017, cuando se hundieron las curules de paz por la falta de un solo voto.

De esta forma, el presidente del Senado habría decidido hundir el acto administrativo promulgado en 2017 por el presidente del senado Efraín Cepeda. Sin embargo, el anuncio del alto tribunal le puso el freno a la decisión, ya que el procedimiento no sería tan expedito como se había pensado en un primer momento. Este nuevo pronunciamiento podría calmar a varios sectores que rechazaron la propuesta hecha por el actual presidente de Senado.

Por ejemplo, el gobierno aseguró que revivir las curules de paz desestabilizaría el orden jurídico. Una postura similar tuvo el senador Efraín Cepeda, presidente del Senado que hundió las curules: “Recibo esta decisión con profundo respeto, pero no la comparto”. Para el congresista del Partido Conservador, “debe tener mayor dificultad reformar la Constitución que hacer o reformar leyes”, señalando que no se había cumplido con la votación mínima para que el proyecto de las curules especiales fuera aprobado.

Por Redacción Judicial

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar