Consejo de Estado tumbó elección del presidente de la Sala Administrativa de la Judicatura

El tribunal de lo contencioso administrativo avaló los argumentos presentados en la demanda en contra de su postulamiento y nombramiento del magistrado Pedro Munar.

Redacción Judicial
11 de noviembre de 2014 - 10:52 p. m.

Con 17 votos a favor, la Sala Plena del Consejo de Estado dejó en firme el fallo que declaró nula la postulación y elección de Pedro Octavio Munar Correa como magistrado de la Sala Administrtativa del Consejo Superior de la Judicatura.

En la Sala celebrada este martes, el alto tribunal rechazó el recurso de aclaración presentado por el presidente de la Sala Administrativa de la Judicatura. Después de la deliberación los magistrados conisderon que no había necesidad de aclarar los alcances de la decisión tomada en julio del presente año. (Ver: La defensa del magistrado Munar de la 'puerta giratoria' )

En la discusión, se avaló la ponencia presentada en la que se argumentaba que en el proceso de postulación y elección por parte del Senado de la República se habían presentado sendas irregularidades, hecho por el cual se debía declarar nulo el nombramiento en su cargo.

La presidente del Consejo de Estado, María Claudia Rojas Lasso aseguró que la Sala consideró que se habían violado disposiciones constitucionales contenidas en los artículos 126, 209 y 255 de la Carta Política.

En este sentido aseguró que pese a que se aplicaron los mismos fundamentos jurídicos del presidente del Consejo Superior de la Judicatura, Francisco Javier Ricaurte “aunque la situación de hecho podría variar ligeramente, se configuraban las mismas razones jurídicas” que llevaron a anular la elección del magistrado.

“Se acaba el ‘yo te elijo, tú me eliges’ se encuentra plenamente establecido en la jurisprudencia de la Sala Plena del Consejo de Estado que esta práctica queda definitivamente proscrito”, precisó la presidenta del alto tribunal al asegurar que el magistrado Munar puede presentar el recurso extraordinario de revisión.

La magistrada aseguró que con este fallo se definen los dos únicos casos de la denominada ‘puerta giratoria’ en las altas cortes. “Eran los únicos casos que se configuraba esta causal de ‘yo me elijo’, tú me eliges’”.

En este sentido aseguró que en la presente decisión se hizo “un análisis exhaustivo de la situación del doctor Munar, no por el hecho que fuera una situación igual al del doctor Ricaurte se falló rápidamente. Estuvimos todo el día deliberando sobre la situación fáctica, jurídica y particular del doctor Munar”.

Finalmente aseguró que se adelantará la revisión final del documento, baja a Secretaría y una vez ejecutoriada se hará efectiva. En el caso del magistrado Ricaurte el próximo miércoles quedará plenamente ejecutoriada, hecho por el cual tendrá que abandonar su cargo en el alto tribunal.

En la mañana de este martes, el magistrado aseguró que iba a respetar y acatar el fallo de la Sala Plena del Consejo de Estado. 

Por Redacción Judicial

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