Corte Constitucional concluye que los animales no tienen derecho a la libertad

La Sala Plena del alto tribunal no apoyó la ponencia de la magistrada Diana Fajardo que concedía el habeas corpus al animal y se precisó que los animales por ahora serán "objetos" y no sujetos de derechos.

Redacción Judicial
23 de enero de 2020 - 06:12 p. m.
Chucho, el oso de anteojos del Zoológico de Barranquilla.  / Cortesía Fundación Botánica y Zoológica de Barranquilla
Chucho, el oso de anteojos del Zoológico de Barranquilla. / Cortesía Fundación Botánica y Zoológica de Barranquilla

La Sala Plena de la Corte Constitucional mantuvo su posición y no dio el paso hacia el reconocimiento de los animales como sujetos de derechos. Así lo decidió este miércoles a propósito del caso de Chucho, un ejemplar de oso de anteojos que está en el zoológico de Barranquilla y cuya libertad pedía el abogado Luis Domingo Gómez mediante un hábeas corpus, un recurso concebido para seres humanos cuando se estima que hay una detención ilegal. La Sala negó la petición por una votación 7-2.

El habeas corpus había sido concedido por la Sala Civil de la Corte Suprema inicialmente en 2017. En ese momento se ordenó el traslado de Chucho a la Reserva Forestal Protectora de Río Blanco, en Manizales, su hábitat natural. Luego, una tutela tumbó esa decisión (y otra la confirmó) y el caso escaló hasta la Corte Constitucional. El caso ameritó que se realizara una audiencia pública el 8 de agosto de 2019 para escuchar a expertos sobre temas claves como cuáles son los atributos que definen a un individuo o entidad como titular de derechos o los planes de protección del oso andino en Colombia.

(En contexto: ¿Los animales tienen derechos? Un complejo debate se trasladó a la Corte Constitucional)

El caso está en manos de la magistrada Diana Fajardo, cuya ponencia apuntaba a que el hábeas corpus en favor de Chucho debe quedar en firme. Además, explicaba que no era lo mismo un oso andino que una pulga o un zancudo y precisaba que es posible que para miembros de una misma especie no sean aplicables las mismas medidas de protección, ya que para ello sería necesario “analizar el nivel de su relacionamiento y/o dependencia respecto de los seres humanos”.

Fajardo planteaba que la Corte determinara que "los animales son titulares de interés intrínsecos relevantes para el derecho, que deben ser protegidos como derechos”. No obstante, la posición solo fue apoya por la magistarda Gloria Ortiz y Alberto Rojas Ríos. En contra votaron Luis Guillermo Guerrrero, Alejandro Linares, Carlos Bernal, Cristina Pardo y José Fernando Reyes y Antonio José Lizarazo. 

(Además: Habeas corpus al oso Chucho: ¿progresismo o laberinto jurídico?)

La Corte concluyó que, si bien hay un déficit en la regulación vigente en torno a la protección de los animales, estos no gozan con el derecho a la libertad, para cuya exigencia es que existe el habeas corpus. Es decir, como los animales no tiene derecho a la libertad, no es posible hablar de una detención arbitraria y no procede, en este caso concreto, el recurso instaurado por el abogado Gómez. 

En torno a este tema, precisamente, presentará un salvamento de voto el magistrado Rojas, quien fue el único que apoyó la postura de la magistrada Fajardo. El togado precisará en este recurso que, aunque en el caso de Chucho el habeas corpus no procedía sí es necesario que la Corte aborde el espinoso tema de los derechos de los animales. 

(También: El oso "Chucho" agita el debate por los derechos de los animales en la Corte Constitucional)

Por ahora, el expediente pasará al despacho del magistrado Luis Guillermo Guerrero, que deberá redactar una nueva ponencia que recoja todas estas visiones discutidas en la Sala Plena de este jueves. El texto que resulte de este ejercicio será la sentencia que selle el caso de Chucho, quien, por ahora, permanecerá en el zoológico de Barranquilla.

Por Redacción Judicial

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