Corte Constitucional debatirá el uso del suelo para el ejercicio de la prostitución

Quienes deseen asistir a la audiencia, donde también se hablará del interés superior de los niños, niñas y adolescentes frente el ejercicio de la prostitución, y los derechos de las trabajadoras sexuales, pueden inscribirse antes del 13 de agosto a través de la página web del alto tribunal.

Redacción Judicial
02 de agosto de 2018 - 08:16 p. m.
Las inscripciones para la asistencia se realizarán hasta el 13 de agosto de 2018 por medio del portal web www.corteconstitucional.gov.co. / Cortesía
Las inscripciones para la asistencia se realizarán hasta el 13 de agosto de 2018 por medio del portal web www.corteconstitucional.gov.co. / Cortesía

La Corte Constitucional abrió nuevamente el debate sobre un tema clave: los usos del suelo para el ejercicio de la prostitución y los derechos de las trabajadoras sexuales. Por eso, en el marco del estudio de una tutela, el alto tribunal hará una audiencia pública el próximo 16 de agosto para escuchar diversas posturas al respecto. Por ejemplo, se discutirá si las entidades territoriales, al expedir los Planes de Ordenamiento Territorial (POT), deben incluir usos de espacios destinados para la prestación de servicios sexuales. 

La tutela fue presentada por Nelcy Esperanza Delgado, propietaria de la Taberna Barlovento, ubicada en Chinácota (Norte de Santander), contra la alcaldía del municipio y la inspección de Policía. Según la tutela, el local comercial ha funcionado por más de 80 años y su sustento radica en la venta de bebidas frías y la prestación de servicios sexuales. No obstante, la Alcaldía ordenó la suspensión temporal de sus actividades por no haber acreditado la autorización del uso de los suelos.

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Sumado a esto, la administración municipal señaló que el establecimiento comercial está ubicado a poco más de 100 metros de una escuela y que los vecinos, además, se han quejado por los desórdenes que promueve este lugar. Por tal razón, Nelcy Esperanza Delgado interpuso la tutela buscando proteger sus derechos y el de sus empleados al trabajo, al debido proceso, a la igualdad y al libre desarrollo de la personalidad.

En la tutela también se solicitó anular las decisiones que ordenaron el cierre del establecimiento, ordenar a las autoridades municipales a concertar un plan de reubicación que asegure la continuidad de la labor, y el desarrollo de políticas públicas con el fin de generar empleo y educación para trabajadores sexuales.

En la audiencia, que será presidida por el magistrado ponente José Fernando Reyes Cuartas, estará dividida en tres ejes temáticos y deberán responder preguntas como: i) ¿De qué forma podría armonizarse la tensión que existe entre la autonomía territorial y los derechos al trabajo, al mínimo vital, el libre desarrollo de la personalidad, las libertades económicas y de empresa, tratándose del ejercicio de la prostitución?, ii) ¿Qué efectos y consecuencias se genera en el proceso de formación de los niños, niñas y adolescentes, el funcionamiento de un establecimiento de comercio dedicado a prestar servicios sexuales en cercanías a una institución educativa? y iii) ¿Se vulneran los derechos al trabajo, al mínimo vital y al libre desarrollo de la personalidad cuando se impide el funcionamiento de establecimientos de comercio destinados a la prestación de servicios sexuales?, entre otras.

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Entre los invitados se encuentra la demandante Nelcy Esperanza Delgado, la Procuraduría General, la Defensoría del Pueblo, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, el Grupo Mujer y Sociedad, la Corporación Anne Frank, así como activistas y defensores de derechos de las mujeres.

Este caso ya tiene antecedentes. En una de sus sentencias, al estudiar un fallo de tutela, la Corte Constitucional amparó los derechos al trabajo y al mínimo vital de Nelcy Esperanza Delgado y ordenó reabrir, con varias condiciones, su establecimiento el cual había sido cerrado por la Alcaldía de Chinácota. La entidad municipal tomó la decisión al considerar que el establecimiento no cumplía con el certificado de uso de suelos porque se encontraba en inmediaciones del parque principal de Chinácota, de la escuela y de la iglesia principal.

Sin embargo, el alto tribunal anuló la decisión el 30 de agosto de 2017 por haber vulnerado el debido proceso al desconocer  tres decisiones que ya se habían tomado anteriormente sobre el tema. Ahora, la Corte Constitucional tomará una nueva decisión ante la petición de la Procuraduría de convocar una audiencia pública.

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La audiencia se realizará en las instalaciones del Palacio de Justicia de Bogotá, se transmitirá a través de la página web de la Corte Constitucional. Las inscripciones para la asistencia se realizarán hasta el 13 de agosto de 2018 por medio del portal web www.corteconstitucional.gov.co o haciendo clic en este enlace.

Por Redacción Judicial

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