Corte Constitucional definirá si Policía puede multar a quien compre (empanadas) en la calle

El artículo 140 del Código de Policía sanciona el "promover o facilitar" la ocupación del espacio público. El alto tribunal aclarará si estos verbos equivalen a consumir productos de vendedores informales.

Redacción Judicial
21 de octubre de 2019 - 02:12 p. m.
La controversia por este artículo comenzó cuando, en febrero de este año, a un joven de Bogotá lo multaron por comprar una empanada en la calle.  / Archivo El Espectador
La controversia por este artículo comenzó cuando, en febrero de este año, a un joven de Bogotá lo multaron por comprar una empanada en la calle. / Archivo El Espectador

Este martes, el tercer punto de discusión en la Sala Plena de la Corte Constitucional es un tema que causó gran controversia hace unos meses: el artículo del Código de Policía con el que han sancionado a varios ciudadanos por comprarles productos a vendedores informales. La discusión comenzó como una anécdota de Stiven Claros, un joven estudiante de Bogotá a quien la Policía multó en febrero de este año por comprar una empanada en la calle. Pero el tema trascendió a una discusión jurídica, como informó este diario, por una demanda del profesor Alejandro Badillo.

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Según el recurso que interpuso Badillo junto a sus estudiantes ante la Corte Constitucional, la interpretación que hace la Policía del artículo 140 del Código, es abiertamente contraria a la Carta Política. En concreto, está demandado el numeral sexto de este artículo, que sanciona el “promover y facilitar el uso u ocupación del espacio público”. Según explicó el profesor en diálogo con este diario, este texto fue enunciado así para combatir las mafias que cobran arriendo a los vendedores informales, por lo cual le piden al alto tribunal que le aclare a la Policía que la multa no aplica para quien compre en la calle.

La demanda fue admitida en marzo y, desde entonces, la Corte viene recibiendo los conceptos de diferentes entidades, gremios, organizaciones sociales y ciudadanos a quienes afecta directamente la discusión. Del gobierno se pronunciaron, por ejemplo, Presidencia, el Ministerio de Justicia, de Defensa y la Policía. También sentaron su posición la Personería de Bogotá, la Procuraduría, la Cámara de Representantes —que tramitó la norma—, así como la Universidad Nacional, la Libre, Dejusticia; la Unión General de Trabajadores de la Economía Informal, entre otros.

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El gobierno está alineado: le recomiendan a la Corte dejar la norma tal cual está, pues consideran que su interpretación no vulnera derecho alguno. Su análisis se centra en la finalidad del Congreso cuando redactó el texto que era, como dice Badillo, combatir las mafias que se lucran de invadir el espacio público. Sin embargo, en su concepto, la secretaría jurídica de Presidencia aclara: “las sanciones que de ella (la norma) deriven, aplican para quienes fomenten, patrocinen o favorezcan el uso u ocupación del espacio público, excluyendo tanto a los vendedores ambulantes, como también a los usuarios o compradores de los productos ofertados en el espacio público”.

Para la Policía, por otro lado, las sanciones impuestas son legítimas ya que consideran que debe existir una “corresponsabilidad” entre los uniformados y la ciudadanía para garantizar que no se “ejecuten comportamientos contrarios a la convivencia”, como sería, en su visión, la ocupación del espacio público. De lo contrario, “pudiese insinuar(se) que las autoridades de policía al no cumplir con el mandato de protección del espacio público, estarían promoviendo o facilitando la ocupación indebida del espacio público”.

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En otra orilla están las organizaciones sociales y universidades, que abogan porque la Corte aclare que imponer multas a quien compre algún producto en la calle sí es inconstitucional. La Unión General de Trabajadores de la Economía Informal, por ejemplo, está totalmente alineada con la postura del profesor Badillo y, además de pedirle a la Corte que tumbe la interpretación que está haciendo la Policía del artículo, le solicitan que envíe un exhorto al Congreso para que “diseñe e implemente una regulación normativa destinada a la protección del espacio público (…) que garantice la efectiva realización de los derechos de los ciudadanos que ejercen el oficio de venta informal”.

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El asunto está, por ahora, en manos del magistrado Alberto Rojas Ríos, quien debe presentarle una ponencia a sus compañeros de Sala este martes. Si su postura convence a los demás magistrados, la conclusión podría conocerse esta misma semana. Si, por el contrario, no es aceptada por sus colegas, deberá presentar una nueva ponencia y el debate se tardaría más tiempo.

Por Redacción Judicial

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