Corte Constitucional falla a favor de joven con esquizofrenia que desertó del Ejército

Las Fuerzas Militares negaban que la condición psicológica del exsoldado tuviera relación alguna con su servicio militar, pero los tiempos en su historia clínica contradecían esa versión. El alto tribunal ordenó un dictamen médico.

Redacción Judicial
16 de junio de 2019 - 06:18 p. m.
La Corte ordenó que se “realice una valoración médica y se logre determinar la pérdida de capacidad laboral del mismo, la fecha de estructuración y el origen” de la enfermedad. / Gustavo Torrijos - El Espectador
La Corte ordenó que se “realice una valoración médica y se logre determinar la pérdida de capacidad laboral del mismo, la fecha de estructuración y el origen” de la enfermedad. / Gustavo Torrijos - El Espectador

Un joven que prestaba servicio militar comenzó a mostrar señales de afectaciones en su salud mental. Se fue del Ejército y lo está siendo judicializado por el delito de “deserción”. Su madre puso una tutela para que la esquizofrenia que padecía el joven la tratara el sistema de salud de las Fuerzas Militares y la Corte Constitucional falló la demanda en su favor.

::Debe respetarse el debido proceso para definir situación militar: Corte Constitucional:: 

Al poco tiempo de iniciar su judicialización por huir del Ejército, la salud mental del joven comenzó a agravarse y fue diagnosticado con “esquizofrenia paranoide”. Recientemente, según su madre, la situación empeoró y se encuentra imposibilitado para realizar actividades físicas. Según la demanda, el Ejército vulneraba los derechos fundamentales del joven a la vida digna y a la seguridad social, pues la enfermedad estaría vinculada con su ejercicio militar.

La madre del exsoldado pidió a través de una tutela que se le activara a su hijo “de forma provisional los servicios médicos de atención quirúrgica, remedios en general, hospitalización y rehabilitación”.  Estos servicios, según la tutela, los debía prestar el sistema médico del Ejército, pues según ella había sido a causa del servicio militar que su hijo desarrolló esta enfermedad. Y, además, solicitaba que la Junta Médico Laboral de la Dirección de Sanidad del Ejército declarara su incapacidad para trabajar.

::Jalón de orejas al Ejército por no incorporar jóvenes a pesar de haber objetado consciencia::

El Ejército negaba que las enfermedades psicológicas que padecía el exsoldado estuvieran relacionadas con las acciones que desarrolló en la Fuerza Pública. Como la esquizofrenia no fue detectada en los exámenes médicos de ingreso y egreso, no encontraban una relación.  Incluso, en su respuesta a la tutela, el Ejército indicó que el joven “nunca realizó ningún tipo de solicitud para verificar la conexidad de sus presuntas patologías y la prestación del servicio militar”.

Sin embargo, en la historia clínica que aportó la madre del exsoldado, se consignaba que el joven “desde hace tres años viene manifestando aislamiento social”. Este soporte sirvió para que la Corte indicara que “aun cuando se carece de certeza para afirmar que debido a la prestación del servicio militar se ocasionó la enfermedad mental, sí  es posible que el exsoldado padeciera de esta patología antes de incorporarse a las fuerzas militares”.

::Estar casado y tener hijos ya no será un impedimento para incorporarse a las Fuerzas Militares::

Según el alto tribunal, puede que la condición psicológica del joven “no haya sido detectada en los exámenes psicofísicos de ingreso al Ejército Nacional, debiendo hacerlo y se haya agravado como consecuencia precisamente de este servicio, lo que podría explicar incluso el abandono de las filas”. Esto, según se lee en el fallo, vulneró los derechos fundamentales del exsoldado.

Así las cosas, la Corte Constitucional ordenó que la Dirección de Sanidad del Ejercito “realice una valoración médica y se logre determinar la pérdida de capacidad laboral del mismo, la fecha de estructuración y el origen” de la enfermedad. Además, el resultado de este examen  “deberá ser tenido en cuenta en el proceso penal por deserción que se viene adelantando en su contra, con el fin de garantizar el derecho al debido proceso del exexsoldado”.

Por Redacción Judicial

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar