La Corte Constitucional le prohibió a las instituciones educativas exigir o realizar pruebas de toxicología para establecer si los estudiantes consumieron o no sustancias psicoactivas. Para el alto tribunal este tipo de exámenes va en contravía del derecho a la intimidad.
Al resolver una acción de tutela la Corte Constitucional le advirtió a las instituciones educativas que no puede obligar al estudiantado a practicarse este tipo de pruebas, sin embargo aclara que de encontrarlos consumiendo cualquier tipo de sustancias psicoactivas si pueden aplicar las medidas disciplinarias que establezca el reglamento interno del centro educativo.
El pronunciamiento se hizo al revisar el caso de un estudiante mayor de edad que manifestó que el colegio en el que cursa sus estudios lo obligó a realizarse la prueba toxicológica sino no podía entrar a las clases. Además, en la acción judicial, asegura que fue víctima de matoneo debido a estas presiones indebidas.
“Obligar a estudiantes mayores de edad con capacidad a practicarse pruebas y exámenes de este tipo sin su aquiescencia, implican una intromisión indebida en la esfera íntima del individuo”, precisa uno de los apartes de la sentencia señala el fallo de la Corte con ponencia del magistrado Alejandro Linares.
Igualmente le pidió a Institución Educativa Departamental Instituto Técnico Comercial José de San Martín de Tabio (Cundinamarca) implementar las medidas necesarias para prevenir el “matoneo", la intimidación o la exclusión del accionando por parte de sus compañeros, profesores u otros miembros de la comunidad educativa”.
Finalmente, el alto tribunal compulsó copias ante la Fiscalía General para que se investigue una presunta comisión de un delito por las agresiones psicológicas al que fue sometido el estudiante por parte de los profesores y directivas de dicho centro educativo.