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Corte Constitucional niega medida cautelar que buscaba suspender impuesto solidario

El impuesto, que busca recursos para tender la pandemia, implica que a los trabajadores del sector público que ganen más de $10 millones se les descuenta un 15 % de su salario. Aunque cientos de funcionarios han pedido que se suspenda esta norma, que aplicó el gobierno a través de un decreto en medio de la crisis por la pandemia, el alto tribunal, por ahora, lo deja tal cual y como está.

03 de junio de 2020 - 07:43 p. m.
El Gobierno asegura que los recursos están destinados para atender a la población vulnerable.
El Gobierno asegura que los recursos están destinados para atender a la población vulnerable.
Foto: Archivo El Espectador

Pese a que cientos de funcionarios públicos han enviado peticiones a la Corte Constitucional para que suspenda la aplicación del impuesto solidario, el alto tribunal definió hoy que, mientras no tome una decisión de fondo, se seguirá aplicando tal y como lo estableció el gobierno en el decreto 568 de 2020. En una reciente decisión, el alto tribunal negó unas medidas cautelares que buscan ponerle un pare a la aplicación de esta norma que introdujo el ejecutivo como una medida económica en medio de la pandemia por el coronavirus.

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Como sucede con todos estos decretos, la Corte debe realizar un control automático de constitucionalidad para determinar que todas esas decisiones del gobierno Duque se ajusten a la Constitución política. El que contiene el llamado impuesto solidario no es la excepción. En ese decreto se estableció, entre otras cosas, que a los trabajadores del sector público que ganen más de $10 millones se les descuenta un 15 % de su salario. El porcentaje sube a 16 si se gana entre $12.5 y 15 millones y a 15 si el salario va entre los $15 y los 20 millones.

El impuesto aplica igualmente para los exfuncionarios que reciben una pensión superior a los $10 millones y está contemplado inicialmente para los salarios de mayo, junio y julio. Al expediente de la Corte, cuyo ponente es el magistrados Carlos Bernal, han llegado peticiones de jueces, fiscales, magistrados de tribunal, trabajadores de la Procuraduría, entre otros, asegurando que esa medida es inconstitucional. Su argumento principal es que el impuesto desmejora los derechos sociales de los trabajadores estatales de forma injustificada.

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Por ejemplo, varios magistrados del Tribunal Superior de Barranquilla expresaron en un concepto que enviaron al alto tribunal que “si bien se pueden crear nuevos tributos o modificar los impuestos”, con el ajuste en sus salarios, “ello deberá hacerse en sectores de la economía que no impliquen un perjuicio a los derechos sociales de los trabajadores como ahora se está haciendo”. De acuerdo con el decreto, los recursos estarán destinados exclusivamente para la “inversión social para personas que pertenecen a los grupos de clase media vulnerable y trabajadores informales”.

El impuesto solidario y sus implicaciones en miles de funcionarios de la Rama Judicial y llegó a otros estrados judiciales. Víctor Conde Tamayo, un juez civil municipal de Cali que gana $10.311.868, le pidió a la justicia que no le aplicara ese descuento, pues, alegó, afectaba su derecho al mínimo vital individual y familiar. Al radicar una tutela a principios de mayo contra el Consejo Superior de la Judicatura, el Ministerio de Hacienda, Presidencia y la Procuraduría, Tamayo explicó en detalle cuál es su situación familiar y por qué esa decisión gubernamental lo afecta enormemente.

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El juez que revisó la tutela de Conde le dio toda la razón. “No tengo ningún interés directo o indirecto en el proceso que promueve el señor Víctor Guillermo Conde Tamayo. Ni lo conozco a él ni a algún miembro de su grupo familiar y menos tengo relación alguna con ellos”, aclaró el juez Segundo Administrativo de Oralidad de Cali, quien concluyó que el impuesto solidario por el COVID-19 sí afectaba el derecho al mínimo vital del juez Conde Tamayo y de su familia. Señaló que el funcionario ya estaba “al límite con su capacidad de maniobra financiera” y que, con la decisión del Gobierno, Conde Tamayo quedaba con un déficit mensual de $924.000.

“Toda persona tiene derecho a un nivel adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar y en especial, la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios”, dijo el Juzgado, citando la Declaración Universal de los Derechos Humanos. El caso de Conde representa un precedente judicial crucial para miles de empleados que están en la misma situación que el juez de Cali. Sin embargo, el futuro de este impuesto solidario está en manos de la Corte Constitucional que, por ahora, lo está dejando tal cual y como fue propuesto por el gobierno.

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