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Corte Constitucional ordena revisar proceso contra exdirector del IDU, Andrés Camargo

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia deberá estudiar y emitir un fallo de fondo.

Redacción Judicial
07 de octubre de 2015 - 06:24 p. m.
Corte Constitucional ordena revisar proceso contra exdirector del IDU, Andrés Camargo

La Sala Plena de la Corte Constitucional le ordenó a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia revisar el recurso extraordinario presentado por el exdirector del Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), Andrés Camargo Ardila condenado a 60 meses de prisión por el escándalo de las losas de la primera fase de TransMilenio durante la administración de Enrique Peñalosa.

En una reñida votación el alto tribunal avaló la ponencia del magistrado Jorge Ignacio Pretelt Chaljub en la cual se indicaba que al exfuncionario se le había vulnerado el debido proceso y a la defensa cuando la Corte Suprema rechazó revisar el recurso de casación al considerar que no cumplía con los requisitos establecidos. (Ver Revive el caso Andrés Camargo)

Camargo Ardila, quien se encuentra actualmente privado de su liberad en el Centro de Estudios Superior de la Policía, fue sentenciado por presuntamente omitir sus funciones de control en la celebración de contratos del relleno fluido provocando un detrimento patrimonial en el Distrito puesto que dichas losas tuvieron que ser remplazadas en un corto periodo de tiempo.

En la ponencia, el magistrado Pretelt Chaljub manifestaba que no se hizo una valoración de las pruebas presentadas por el abogado Ricardo Calvete en el proceso penal en el cual su defendido fue sentenciado por el delito de sin cumplimiento de los requisitos legales por las falencias en la ejecución de dicho contrato.

“La Sala de Revisión nota que el tribunal no realizó una mínima contrastación entre las conclusiones del juez de primera instancia y los medios de prueba alegados por Camargo en el recurso de apelación. Así, se considera que en realidad no hubo un contraste serio. Ahora bien, las decisiones del proceso penal generan dudas en cuanto a la imputación de la conducta de celebración de contratos sin el cumplimiento de los requisitos legales, en cabeza del señor Camargo Ardila como director del IDU, en la medida en que no hay claridad sobre el alcance de sus funciones”, indicó.

Para el ponente el Tribunal de Bogotá que sentenció a Camargo en agosto de 2013 omitió la valoración de varios testimonios que favorecen al exdirector del IDU, a quien, además, se le impuso una multa de $108.622 millones. En su ponencia, se advierte que la justicia no tuvo en cuenta en este expediente la diligencia debida y el cumplimiento de los protocolos y requisitos de contratación para desarrollar la ejecución del proyecto de las troncales de Transmilenio, “sino que se le endilgaron de manera directa comportamientos que supondrían exceder sus funciones y competencias y para los cuales él contrató personas idóneas”.

Sin embargo, hay un punto que deberá ser analizado por la Corte Suprema y es que desde hace 15 años se adelanta esta investigación, sin embargo según el código de procedimiento el delito por el cual fue condenado prescribe cuando se cumplen los 14 años. La Corte ordena revisar el caso desde que se inadmitieron los términos.

Por Redacción Judicial

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