Corte Constitucional reitera que el paramilitarismo está prohibido en Colombia

El alto tribunal, de manera unánime, aprobó el acto legislativo 05 de 2017 por medio del cual se dictan las disposiciones para asegurar que el monopolio legítimo de la fuerza y del uso de las armas sea exclusivo del Estado. 

-Redacción Judicial
25 de julio de 2018 - 07:56 p. m.
Corte Constitucional reitera que el paramilitarismo está prohibido en Colombia

Con 9 votos a favor y ninguno en contra, la Corte Constitucional aprobó el acto legislativo 05 de 2017 por medio del cual queda expresamente prohibida la conformación de grupos paramilitares en Colombia. Además, por medio de este acto legislativo, se dictan las disposiciones para asegurar que el monopolio legítimo de la fuerza y del uso de las armas sea exclusivo del Estado. 

Así las cosas, en la Constitución queda registrado claramente que queda prohibida la conformación de grupos "incluyendo los denominados autodefensas, paramilitares, así como sus redes de apoyo. estructuras o prácticas, grupos de seguridad con fines ilegales u otras denominaciones equivalentes.

Dicho acto, que ya había sido aprobado por la Plenaria del Senado, hace parte de un grupo de normas que se discutieron para el desarrollo de la implementación del Acuerdo de Paz de La Habana.  Lea también: Prohibición del paramilitarismo, una reforma que levanta ampolla

Así las cosas, el texto integral del Artículo 22A de la Constitución Política de Colombia, queda así: 

"Como una garantía de No Repetición y con el fin de contribuir a asegurar el monopolio legítimo de la fuerza y del uso de las armas por parte del Estado, y en particular de la Fuerza Pública, en todo el territorio, se prohíbe la creación, promoción, instigación, organización, instrucción, apoyo, tolerancia, encubrimiento o favorecimiento, financiación o empleo oficial y/o privado de grupos civiles armados organizados con fines ilegales de cualquier tipo, incluyendo los denominados autodefensas, paramilitares, así como sus redes de apoyo. estructuras o prácticas, grupos de seguridad con fines ilegales u otras denominaciones equivalentes. La ley regulará los tipos penales relacionados con estas conductas, así como las sanciones disciplinarias y administrativas correspondientes". En contexto: Conciliada en el Congreso prohibición del paramilitarismo

Cuando la discusión de está norma constitucional se atizó en el Congreso, el Consejo Gremial Nacional, que aglutina a las principales organizaciones privadas del sector económico, pidió frenar el trámite  al considerar que  incluir este postulado en la Constitución podría tener la implicación “gravísima” de “degradar, de manera inexorable, la legitimidad del Estado”.

Pese a las voces en contra, en octubre de 2017 el Congreso aprobó el proyecto con una votación mayoritaria. Fueron más de cinco debates tratando de sacar adelante el texto de conciliación sobre esta nueva norma.

“Por fin se dio el paso final para que se votara el acto legislativo que prohíbe el paramilitarismo. Lamentablemente hubiéramos querido que la votación representara la mayoría del Senado, sin embargo, solo 57 votos a favor de la reforma. Ahora quienes padecieron la violencia de estas estructuras ya tienen una nueva herramienta para defender sus derechos”, dijo en su momento Judith Maldonado, representante de Voces de Paz en el Senado. 

 

Por -Redacción Judicial

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