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Corte Constitucional vigilará procesos de recuperación de terrenos baldíos

La decisión se toma luego de evidenciar los pocos avances en el cumplimiento de una tutela de 2014 en la que se le ordenaba a organismos como el Incoder, registrar los datos de los terrenos baldíos del país.

Redacción Judicial
15 de junio de 2016 - 08:20 p. m.
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No es usual que la Corte Constitucional tenga que vigilar el cumplimiento de sus propios fallos. Sin embargo, la sala sexta de revisión del alto tribunal tomó la decisión de hacerle una especial vigilancia a las medidas que se han tomado, y que todavía faltan por realizarse, en el proceso de registrar e identificar los datos de todos los terrenos baldíos que hay en Colombia. Si bien son más de un millón de hectáreas las que necesitan ser delimitadas y sistematizadas, la Corte en una sentencia de 2014, le había encargado a entidades como el Incoder, la Superintendencia de Notariado y Registro, la Contraloría y a la Procuraduría, que tomara medidas concretas para lograr la tarea.

Casi dos años después de firmada la sentencia, son pocos los avances que la Corte ha podido registrar. Por un lado, las entidades llamadas a hacer el registro han reiterado que las falencias para cumplir la orden del alto tribunal han sido recurrentes en la historia del país: no se han construido bases de datos completas y confiables sobre la información de la propiedad rural; el Gobierno asegura que solo hasta 2025 será posible lograr la clarificación de todas las tierras del país; aún existen jueces que se niegan a acatar las reglas agravando la asignación de baldíos; y tampoco hay un procedimiento claro y efectivo que garantice la recuperación material de los terrenos.

Pero además, después de que en diciembre del año pasado la Corte les pidiera a todas las entidades involucradas un informe sobre el cumplimiento, avance, retroceso o superación de las órdenes impartidas en 2014, ninguna aportó información detallada y suficiente para analizar el grado de cumplimento de la sentencia. “Teniendo en cuenta que tal y como lo reconocieron varias entidades estatales a la fecha es claro el incumplimiento de los términos inicialmente emitidos en la sentencia de 2014 (…) Esta corporación considera necesario avocar el conocimiento del cumplimiento de dicha decisión”, explica el alto tribunal.

Además de sumir la vigilancia del proceso, y de volver a pedirle a las entidades que informen los avances reales de las órdenes emitidas, la Corte reemplazó al Incoder, hoy extinto, por la Agencia Nacional de Tierras quien hereda toda la responsabilidad en el caso. Además de esta entidad, el alto tribunal le volvió a vincular al proceso al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, al Superintendente de Notariado y Registro, al Director del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, al Director de la Unidad de Planificación Rural Agropecuaria, a la Procuraduría y a la Contraloría.

 

Por Redacción Judicial

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