La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró exequible el decreto 1770 de 2015 por medio del cual se declaró el estado de emergencia económica, social y ecológica en los departamentos de Norte de Santander, Cesar, Boyacá, Guainía, Arauca y Vichada por la crisis en la frontera que se presentó en julio del presente año por la orden impartida por el presidente de Venezuela, Nicolás Maduro.
En la determinación el alto tribunal manifestó que el Gobierno Nacional tenía el deber de tomar medidas dirigidas a la protección de los colombianos que se vieron afectados por el cierre de la frontera con el vecino país. Esto para “atender la emergencia que padecen las personas afectadas por las medidas adoptadas por el Gobierno venezolano”.
En este sentido se señaló que existen elementos para inferir que dicha situación generó una crisis humanitaria puesto que los colombianos perdieron sus empleos, afectando así su calidad de vida. Para la Corte con la exclusión de la contribución parafiscal para la promoción del turismo, y la eliminación temporal de cofinanciación para los proyectos financiados por el Fontur se aumentó la crisis.
El decreto tenía como objetivo principal dinamizar la economía en las zonas fronterizas con el fin de impulsar programas de desarrollo empresarial que permitiera la creación de nuevas fuentes de empleo o fortalecer/proteger las ya existentes.
Por la crisis que se presentó 13 mil colombianos regresaron al país. El Gobierno emitió dicha resolución para que se vincularan a estas personas, quienes tuvieron que asentarse en el territorio nacional, al mercado laboral.