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Corte ordena reconocimiento de pensión a exempleada de la Embajada de Libano

La Cancillería deberá iniciar todo el trámite del respectivo reclamo.

Redacción Judicial
18 de agosto de 2016 - 09:21 p. m.

Después de ocho años la Sala Plena de la Corte Constitucional le puso punto final a la pelea judicial de Adelaida García de Borissow contra la embajada del Líbano en Colombia. No fue un camino fácil, su acción de tutela para que se le reconociera su pensión pasó por todos las instancias judiciales del país.

La mujer, quien fungió como secretaria personal y traductora del embajador. Sin embargo cuando finalizó sus labores se enteró que la Embajada no había cotizado los respectivos pagos al Seguro Social durante 10 años, hecho por el cual en el sistema general su nombre no figuraba.

La Corte Constitucional revocó el auto proferido el 26 de octubre de 2011 por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia que declaró la nulidad de todo lo actuado dentro de este proceso y dejó en firme la sentencia emitida por la Sala de Casación Penal del mismo alto tribunal. (Ver Niegan tutela a la Embajada del Líbano)

La Corporación le ordenó a la Cancillería en un plazo de 18 meses dar cumplimiento al fallo e iniciar ante los respectivos jueces laborales todo el proceso, de lo contrario el Gobierno deberá reconocer la indemnización a la accionante por los perjuicios causados.

En el debate jurídico se consideró que se presentó una vulneración al debido proceso y a la administración de justicia por parte de las autoridades judiciales en Colombia. El punto principal en este caso fue la inmunidad absoluta de las embajadas en Colombia. (Ver Inmunidad diplomática no protegerá abusos laborales)

 

Por Redacción Judicial

 

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