Con el fin de visibilizar una minoría discriminada y evitar la revictimización la Sala Plena de la Corte Constitucional ordenó la inclusión del pueblo Rrom o Gitano dentro de la población beneficiaria del subsidio familiar para vivienda de interés social y de interés prioritario.
El presidente del alto tribunal indicó que se reconoció el carácter de pueblo tribal de la Nación a la población Rrom o gitana, que la hace una cultura diversa en Colombia y exige del Estado una política de inclusión social.
En la discusión se le hizo un llamado atención al Gobierno y al Congreso de la República para que tomen acciones para implementar una política pública efectiva que garantice el acceso a vivienda digna con enfoque diferenciado, que atienda las particularidades socio culturales y cosmovisión esencialmente nómada.
Ante la omisión del legislador de incluir dentro de la población beneficiaria para acceder a vivienda de interés social y prioritario, a los gitanos y a los raizales, la Corte encontró configurada la existencia de un tratamiento discriminatorio hacía dichos colectivos, toda vez que se habían limitado a reconocer exclusivamente a los afrocolombianos (incluye a los palenqueros) e indígenas.
Esta decisión también beneficia a las comunidades raizales.