Corte Suprema ajusta a padres en casos de inasistencia alimentaria

El alto tribunal precisó que una cosa es no tener dinero y otra actuar con desidia y no buscar los medios para cumplir con la cuota de alimentos.

Redacción Judicial
01 de julio de 2018 - 05:02 p. m.
Pixabay
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Un llamado de atención hizo la Corte Suprema de Justicia a aquellos padres que deben cumplir con una cuota de alimentos y alegan no tener con qué pagarla. El alto tribunal precisó que no se debe confundir la iliquidez monetaria con la incapacidad económica pues, si el padre en cuestión tiene bienes, tiene la posibilidad de negociarlos y así atender el pago de la cuota alimentaria.

Para la Corte es importante que los jueces que deben estudiar este tipo de casos no confundan la falta de dinero con la incapacidad económica. “Por lo general, quien tiene bienes inmuebles es porque tiene capacidad económica para adquirirlos. (…) Pues es claro que la posibilidad de enajenarlos a título oneroso trae consigo recursos económicos”, dice la decisión.

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Así lo dijo en al estudiar el caso de un hombre, dedicado a la panadería, que ganaba un salario mínimo mensual y quien tiene que cumplir con una cuota de siete millones de pesos anuales, divididos en 12 cuotas, que no cumplió. Al confirmar una condena de 32 meses en su contra, la Sala Penal enfatizó en que este hombre era copropietario de tres lotes en Ubaté.

“EI convertir los bienes en dinero para sufragarlas deudas, valga precisar, es un comportamiento activo o positivo, que depende del deudor de la obligación alimentaria”, señaló la Corte. Otra cosa sería que el padre en cuestión probara que, pese a tener bienes, hizo todo lo posible por negociarlos, pero que no lo haya logrado por razones ajenas a su voluntad.

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Así, en el caso concreto, se pudo comprobar que los predios ubicados en Ubaté habían sido objetos de contratos que evidencian que con ellos se hacían negocios. En la práctica, lo que sucedió, dijo la Corte, es que este hombre actuó con desidia, no buscó como cumplir con sus obligaciones, a pesar de que su hija, quien está al cuidado de su mamá, es una menor de edad.

Por Redacción Judicial

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