Publicidad

Corte Suprema condenó a María del Pilar Hurtado y Bernardo Moreno por 'chuzadas'

La exdirectora del DAS continuará privada de su libertad en el búnker de la Fiscalía General, mientras que el exsecretario General de la Presidencia continuará en libertad. En 10 días se conocerá el monto de la condena.

Redacción Judicial
28 de febrero de 2015 - 12:00 a. m.
Maria del Pilar Hurtado en el marco de la audiencia de este viernes en la que se leyó el fallo condenatorio en su contra por las  'chuzadas de DAS' / Luis Ángel / El Espectador
Maria del Pilar Hurtado en el marco de la audiencia de este viernes en la que se leyó el fallo condenatorio en su contra por las 'chuzadas de DAS' / Luis Ángel / El Espectador

Para la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia es evidente que la entonces directora del DAS, María del Pilar Hurtado y el secretario de Presidencia, Bernardo Moreno Villegas dieron instrucciones precisas en el año 2007 para adelantar seguimientos e interceptaciones ilegales en contra magistrados de las altas cortes, periodistas y congresistas de oposición del Gobierno de Álvaro Uribe.

La razón de esta directriz fue variada: a los magistrados por las investigaciones que se adelantaban en contra de varios congresistas por la denominada ‘parapolítica’, entre ellas la del senador Mario Uribe Escobar –primo del entonces presidente de la República-. Para esto se infiltró el sistema de seguridad de los togados para conseguir expedientes e información relevante.

A los senadores Piedad Córdoba Ruiz y Gustavo Petro Urrego por su posición opositora al Gobierno de Uribe Vélez, mientras que al periodista Daniel Coronell por las molestias que generaban sus columnas y artículos en la Revista Semana al presidente de la República. Para esto se ordenó la búsqueda de información reservada de ellos y sus familiares.

“No podían obtener información contra un grupo de ‘objetivos de inteligencia’ por motivos distintos a la preservación de la seguridad y conservación del Estado de derecho y sus intuiciones democráticas”, precisó el magistrado Fernando Castro Caballero en la lectura del sentido del fallo en contra de los dos exfuncionarios.

En el caso de Moreno Villegas se determinó que fue el destinatario de todos los informes de inteligencia adelantados por los agentes del DAS en contra de dichos “objetivos de inteligencia”. Para esto creó una especie de cadena de custodia para garantizar que dicha información de carácter reservado iba a llegar a su despacho únicamente.

Bernardo Moreno Villegas fue condenado como autor del delito de concierto para delinquir, determinador de varios delitos de violación ilícita de comunicaciones y autor de un delito de abuso de función pública y autor de varios delitos de abuso de autoridad por actos arbitrarios e injustos. Sin embargo, continuará en libertad hasta que se emita el monto de la condena.

Esto debido a que se ha presentado a todas las audiencias por lo que no se hace necesario cobijarlo con medida de aseguramiento por el momento. "El procesado ha demostrado su voluntad, pese a que después de recobrar su libertad se hizo presentes en todas las sesiones del juicio", precisó el magistrado ponente al asegurar que no existe ningún riesgo de fuga.

Mientras que María del Pilar Hurtado fue sentenciada por dos delitos de falsedad ideológica en documento público, peculado por apropiación, actos arbitrarios e injustos, concierto para delinquir, abuso de función de público. La exdirectora del organismo de seguridad continuará privada de su libertad en un calabozo del búnker de la Fiscalía, en el que se encuentra desde el pasado 21 de enero cuando se entregó a la justicia.

El origen de la 'chuzadas'

Fue en el año 2007 tras una reunión en la que Bernardo Moreno y Maria del Pilar Hurtado avalaron la búsqueda de información privilegiada contra un grupo predeterminado de personas, con el fin de iniciar una campaña de desprestigio contra los mismos filtrando datos a los medios de comunicación con el fin de conseguir su objetivo.

Para esto se inició una campaña de infiltración, por medio de fuentes humanas pagadas con recursos del DAS, a magistrados de la Corte Suprema de Justicia, senadores de la oposición del gobierno de Álvaro Uribe Vélez, periodistas y abogados.

Toda esta información recolectada “de manera ilícita fue a parar al despacho de Bernardo Moreno Villegas”. Para la Corte es evidente que no se pudieron justificar dichas operaciones entre las cuales se encontraba verificar un nexo entre los magistrados y el empresario Giorgio Sale y Ascencio Reyes, para esto se creó la denominada 'Operación Paseo' Para esto se ordenó obtener información del vuelo chárter en el que viajaron los togados al Huila, por invitación de Reyes, así como la búsqueda de fotos del evento en el que se le hizo homenaje al magistrado Yesid Ramírez Bastidas. 

Pese a que la Corte consideró que la búsqueda de esta información no registra ilegalidad alguna sí se presentó una extralimitación en las funciones de los dos funcionarios, puesto que filtraron dicha información recolectada con el único fin de desprestigiar a la Corte Suprema y a sus magistrados.

Pese a que para la Sala Penal, la búsqueda de información para verificar datos publicados anteriormente sobre los presuntos nexos de algunos magistrados con personas relacionadas con actividades ilícitas tenía justificación, puesto que era necesario esclarecer o desmentir dichas acusaciones, los dos funcionarios “sin agotar el procedimiento entregaron información a medios de comunicación reseñas cobijadas con reserva”.

“Estas actividades no iban destinadas a la protección de la institucionalidad, contar con dicha información para filtrarla a los medios de comunicación con el único fin de afectar la imagen de la Corte Suprema de Justicia pese a que ya se había descartado la sospecha que dicho viaje había sido financiado con dinero del narcotráfico”, aseguró el magistrado.

“Bernardo Moreno fue el emisario de la Presidencia de la República”, precisó la Corte Suprema al asegurar que a su despacho llegaban directamente los datos de inteligencia recolectados. El entonces secretario de la Presidencia de la República entregó dicha información de manera subjetiva con un propósito que se alejaba de las funciones de su cargo y que no tenía relación con la protección del Estado.

Yidis Medina

Los seguimientos en contra de la exrepresentante a la Cámara, Yidis Medina se originaron después de conocer sus declaraciones en los medios de comunicación sobre la forma en como fue “convencida” para votar a favor del proyecto que cursaba en el Congreso de la República en el cual se quería crear la figura de la reelección presidencial inmediata.

En sus declaraciones, Medina aseguró que altos funcionarios de la Presidencia de la República, entre los que se encontraban ministros, le ofrecieron comisiones y contratos a cambio que votara a favor de dicho proyecto. Su posición era fundamental para cambiar la balanza a favor de dicho proyecto. Para esto se reunieron en repetidas oportunidades con ella en la Casa de Nariño y en el Congreso de la República momentos antes de la crucial votación.

“Vendió su voto a funcionarios de la Presidencia a cambio de prebendas, por lo que fue condenada”. En el año 2008, se inició la recolección, acopio y análisis de información referente a su vida privada y la de sus familiares. La información de inteligencia tenía como “génesis” su denuncia mediática, hecho por el cual se obtuvo información que la incriminara con actividades ilegales con el objetivo de afectar su imagen y restarle credibilidad a sus declaraciones.

Con dineros del DAS se inició una campaña de desprestigio consistente en la publicación de panfletos que la relacionaban con la guerrilla del ELN, así como la filtración de unas fotos que la relacionaban con miembros de dicho grupo subversivo. Por esta información manipulada se le abrió una investigación por el delito de secuestro en el caso de dos concejales de Barrancabermeja, por lo que fue condenada en primera instancia y luego absuelta por el Tribunal Superior.

“Se convirtió en blanco de inteligencia estatal por sus señalamientos frente al trámite de la reelección presidencial. Revelaciones que comprometían personas cercanas a la Presidencia de la República. No porque fueran un peligro para el Estado o sus instituciones democráticas”. Pese a que la entonces directora del DAS sabía que carecía de una motivación legitima dio órdenes a sus subalternos para adelantar estas actividades.

Todo “el dossier o documento de inteligencia” tenía como destinatario la oficina de la secretaria general de la Presidencia de la República. “Mediante el mecanismo de la ‘valija’ se formalizó el sello para que dicha información llegara únicamente” al despacho de Bernardo Moreno, y fuera él el único que conociera el contenido de dichos informes.

Piedad Córdoba y Gustavo Petro

En el caso de la exsenadora liberal, Piedad Córdoba Ruiz se determinó que agentes del DAS ubicaron un micrófono en su vehículo oficial con el fin de tener un registro de sus conversaciones y movimientos. Igualmente se interceptaron sus correos electrónicos, el de sus familiares y asesores con el fin de realizar un informe de inteligencia, que luego fue utilizado para la campaña de desprestigio en su contra.

Pese a que no contaba con “autorización de un juez” para adelantar las interceptaciones, María del Pilar Hurtado avaló y ordenó la búsqueda de información reservada tanto de la congresista como de sus familiares. Actividades que incluso cruzaron la frontera cuando se reseñó el viaje de Córdoba a Venezuela, para lo cual incluso se pagó por la búsqueda de un recibo de pago de un hotel en la ciudad de Caracas.

Mientras que en el caso del senador del Polo Democrático se pudo establecer que no se recolectaron datos privados o reservados, son biográfico cobre la conformación de su familia e información pública. “No implicó vulneración de sus derechos al buen nombre, intimidad, pues no eran de carácter reservado. Tampoco fueron objeto de interceptación o filtración”.

Sin embargo, nunca se estableció el motivo que llevó al organismo de seguridad a investigar a Petro Urrego “más que su postura opositora al presidente de la época”. La recolección de información nunca tuvo como objetivo verificar los presuntos nexos del congresista con la guerrilla de las Farc. Igualmente se realizaron actividades seguimiento y obtención de datos de su entonces esposa y miembros de su familia.

“Ni el DAS ni la presidencia estaban legitimados para acopiar información sobre Petro Urrego (…) se impartieron instrucciones por parte de la directora del DAS pues su comportamiento era ajeno a la ley”, precisó el sentido del fallo frente a la información que se adelantó en contra del actual del alcalde de Bogotá.

Daniel Coronell

Las actividades de obtención de información sobre el columnista de la Revista Semana y entonces director de Noticas Uno tenían como objetivo identificar a sus fuentes, esto debido a la molestia que generaban en la Presidencia de la República, debido a que se habían publicado “escándalos” en los que estaban vinculados magistrados, altos funcionarios, así como la “compra de reelección presidencial conocida como la ‘yidispolítica’.

María del Pilar Hurtado dio instrucciones precisas a sus subalternos para conseguir información del periodista argumentando la “molestia que le generaba al presidente” la publicación de los artículos de Coronell. En un desayuno en septiembre de 2007 se dio la instrucción al DAS para recaudar los datos privilegiados.

Por Redacción Judicial

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar