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Corte Suprema de Justicia de Panamá declaró inconstitucional asilo de exdirectora del DAS

El diario La Prensa de ese país informó la decisión tomada por el alto tribunal.

El Espectador
29 de mayo de 2014 - 10:46 p. m.

Con ocho votos a favor y uno en contra, la Corte Suprema de Justicia de Panamá declaró inconstitucional el decreto mediante el cual en noviembre de 2010 el expresidente Ricardo Martinelli le concedió el asilo territorial a la exdirectora del Departamento Administrativo de Seguridad, María del Pilar Hurtado por una supuesta persecución política y jurídica en Colombia donde se le investiga por las interceptaciones ilegales de esta central de inteligencia en Colombia.

Al resolver una acción presentada por un abogado panameño, el tribunal consideró que el decreto no. 301 del 19 de noviembre de 2010 violó la Constitución hecho por el cual se anula inmediatamente el asilo otorgado. Según lo dio a conocer el diario La Prensa de Panamá los magistrados avalaron la ponencia presentada por Harley Mitchell.

El pasado 1 de julio en su discurso de posesión el presidente Juan Carlos Varela aseguró que revisará el estatus de la exdirectora de inteligencia. Esto luego de que en los últimos años se presentará una serie de negativas por el gobierno de Martinelli para aceptar la solicitud presentada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Hasta el momento la Fiscalía General no ha sido notificada de manera oficial de esta decisión. Cuando se reciba el documento oficial se realizará un pronunciamiento de fondo. El pasado martes, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia manifestó que el ente investigador es el único que tiene las facultades para hacer la solicitud de extradición. Este pronunciamiento lo hizo el alto tribunal al indicar que la solicitud trasladada por el Ministerio de Justicia era improcedente. 

La exdirectora del DAS se encuentra desde noviembre de 2011 en Panamá, país que le otorgó un asilo territorial. Pese a su posición para no venir a Colombia a comparecer en el proceso se le declaró la contumacia, esto es que el proceso penal se adelanta sin su presencia.

Hurtado Afanador es procesada por su presunta participación en los delitos de concierto para delinquir, peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público, violación ilícita de comunicaciones y abuso de función pública por su presunta participación en los seguimientos e interceptación ilegales a periodistas, magistrados, congresistas y defensores de derechos humanos.

Por El Espectador

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